Esquemas de introducción al derecho de la empresa. Tomo XXVII

Esquemas de introducción al derecho de la empresa. Tomo XXVII [recurso electrónico]
Ana de la Puebla Pinilla (dir.); María de Sande Pérez-Bedmar …[et al.]. — 4ª ed. — Valencia: Tirant lo Blanch, 2023.— 116 p.

Según la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión europea, de 11 de diciembre de 2014, España incumple las obligaciones derivadas de los arts. 49 y 258 TFUE, referidas a la libertad de establecimiento. Ello ha supuesto derogar, de forma demasiado rápida y radical, el régimen jurídico laboral de las SAGEP -Sociedades Anónimas de Gestión de los Estibadores Portuarios- y la relación laboral especial de los estibadores portuarios, regulación que quedaba contenida en el Texto Refundido de la Ley de Puertos aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. El RDL 8/2017, de 12 de mayo, es la norma por la que se da cumplimiento al mentado pronunciamiento, obligando a la desaparición de las SAGEP, creando los nuevos Centros Portuarios de empleo y derogando la totalidad del régimen anterior. El régimen jurídico de estos Centros Portuarios de Empleo aparece, desde entonces, en el nuevo Capítulo V de la Ley 14/1994, de 1 de junio, reguladora de las Empresas de Trabajo Temporal. El RDL 9/2019, de 29 de marzo y, más recientemente, la Ley 4/2022, de 25 de febrero, se encargan completar aquel primer RDL 8/2017 y de resucitar, así, el marco jurídico-laboral del sector, un proceso que también se ha visto culminado con la aparición del V Acuerdo Marco del sector el 4 de mayo de 2022. Este estudio analiza el trazado de este nuevo régimen jurídico, marcado por la sumisión a la Sentencia del TJUE, a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia y que debe respetar, también, los dictados del Convenio no 137 de la OIT.

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