América Latina y el Caribe es una de las regiones del mundo donde más se ha deteriorado el Estado de derecho en el último año, con señales preocupantes en materia de independencia judicial, lucha contra la corrupción y acceso a la justicia. A diferencia de tiempos pasados, la principal amenaza al Estado de derecho ya no emana de los cuarteles, sino de dinámicas internas que operan desde dentro del sistema democrático, debilitando sus garantías con apariencia de legalidad.
En este contexto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos desempeña un papel clave como instancia regional de protección frente a los abusos de poder. Más allá de resolver controversias, el tribunal ha consolidado estándares jurídicos que orientan la actuación de los poderes públicos, refuerzan las garantías procesales y promueven reformas estructurales en defensa del Estado de derecho.
Sobre estos desafíos y el alcance de esa labor, la presidenta de la Corte ofrece en esta entrevista su visión sobre la situación actual en la región y las estrategias necesarias para fortalecer la resiliencia institucional frente a los riesgos que amenazan a las democracias latinoamericanas.
Diversos informes recientes sobre el Estado de derecho alertan de un retroceso generalizado en la separación de poderes, en la protección de los derechos fundamentales y en la capacidad de los sistemas judiciales para responder a las necesidades de la ciudadanía. ¿Cómo valora usted este diagnóstico en el contexto de América Latina y el Caribe?
El diagnóstico es atendible y, en buena medida, refleja una preocupación real y un problema endémico de la región. En América Latina y Caribe se observan señales de erosión institucional actualmente: concentración de poder, debilitamiento del sistema de pesos y contrapesos, presiones sobre la independencia judicial, así como el uso instrumental del derecho penal y administrativo. A esto se suman factores estructurales que agravan la situación: desigualdades históricas, violencia organizada, altos niveles de impunidad y el aumento de la desinformación, que tensan el funcionamiento ordinario de las instituciones y afectan de manera desproporcionada a grupos históricamente excluidos.
¿A qué se debe este retroceso democrático?
Por una parte, existe una herencia de las dictaduras latinoamericanas que conllevaron a interferencias arbitrarias entre los poderes y que, en muchos casos, aún persisten. Aunque hemos vivido procesos de redemocratización, de manera cíclica observamos iniciativas que nos recuerdan nuestro pasado autoritario y que debilitan los avances democráticos y la separación efectiva de los poderes. Por otra parte, las dificultades relacionadas con la capacidad de los sistemas judiciales constituyen un problema estructural cada vez más urgente. Ofrecer justicia no es suficiente; es necesario ofrecer justicia oportuna, especialmente en contextos de graves violaciones de derechos humanos, ya que existe una relación directa entre impunidad y repetición de los hechos. En muchos países el acceso a la justicia continúa siendo desigual, marcado por factores como la discriminación estructural, la falta de recursos y la presión política sobre operadores judiciales. Lo anterior profundiza las brechas ya existentes en materia de derechos.
No obstante, la región también cuenta capacidades estatales y sociales relevantes. Hay marcos constitucionales robustos, sistemas judiciales consolidados, órganos de control activos y sociedades civiles vigilantes que impulsan la rendición de cuentas. El desafío, por tanto, no es solo de diagnóstico, sino de reconstrucción de confianza.
¿Cuáles son, a su juicio, las principales amenazas al Estado de derecho en la región?
La captura o politización de instituciones de control, en particular del sistema de justicia es quizá la amenaza más grave. La Corte IDH ha afirmado que la independencia judicial es un pilar esencial del Estado de derecho y exige garantías en el nombramiento, permanencia y remoción de jueces y fiscales. La sustitución arbitraria de magistrados o la manipulación de procesos disciplinarios compromete la función de control y genera un efecto disuasorio sobre quienes deben fiscalizar al poder.
Otra amenaza sería el uso abusivo de estados de excepción y de la fuerza pública por los Estados. La región ha mostrado una tendencia preocupante a normalizar medidas extraordinarias. Persisten prácticas de represión violenta de la protesta social, vigilancia excesiva y limitaciones arbitrarias a la libertad de expresión, que erosionan el espacio cívico.
Asimismo, la corrupción sistémica y opacidad en la gestión pública mina la confianza ciudadana y distorsiona el acceso equitativo a los bienes públicos. La falta de transparencia en contrataciones, compras estatales y megaproyectos afecta no solo la eficiencia económica, sino también la legitimidad institucional y la garantía de los derechos fundamentales.
La impunidad estructural por la falta de investigación diligente y sanción efectiva de graves violaciones de derechos humanos sigue siendo un problema relevante. La Corte IDH, desde su primera sentencia Velásquez Rodríguez vs. Honduras (1988), ha sostenido que el deber de investigar, juzgar y sancionar es una obligación internacional de acuerdo con la Convención Americana sobre los Derechos Humanos. La persistencia de estructuras de impunidad, especialmente en casos de violencia estatal, corrupción o violaciones en perjuicio de grupos históricamente vulnerables, socava la confianza en la justicia y perpetúa patrones de abuso.
Por otro lado, la criminalidad organizada, a través de la penetración de grupos criminales en estructuras institucionales constituye una amenaza directa al monopolio legítimo de la fuerza y al ejercicio imparcial del poder. Los Estados deben adoptar medidas de debida diligencia frente a contextos de violencia y crimen organizado, garantizando la protección efectiva de las personas más vulnerables. En varios países, la connivencia entre el crimen organizado y agentes estatales ha derivado en violaciones masivas de derechos humanos y en la pérdida de control territorial.
El deterioro de la deliberación democrática por desinformación y manipulación digital debilita la capacidad de la ciudadanía para ejercer un control racional del poder. La libertad de expresión e información es un elemento esencial para el debate público. No obstante, la proliferación de campañas de desinformación y el acoso digital, intensificado con las nuevas tecnologías, reducen el pluralismo de ideas y facilitan narrativas autoritarias.
Finalmente, los retrocesos en los derechos de comunidades indígenas, afrodescendientes y rurales, especialmente en contextos socioambientales constituyen una amenaza relevante actual. Los conflictos relacionados a las presiones extractivistas han intensificado las violaciones al derecho a la consulta previa, la propiedad colectiva y el territorio ancestral. En casos emblemáticos como Saramaka vs. Surinam, la Corte ha establecido estándares sobre el consentimiento libre e informado y la protección del ambiente.

En este contexto, ¿qué papel juega la Corte IDH en la defensa del Estado de derecho?
En el escenario actual, la Corte desempeña un papel central y cada vez más decisivo en la defensa del Estado de derecho en América Latina y el Caribe. Su contribución no se limita a los análisis de violaciones concretas de derechos, sino que se proyecta hacia la transformación de los sistemas institucionales mediante estándares vinculantes que orientan la actuación de todos los poderes públicos.
En ese sentido, la Corte actúa como barómetro democrático al consolidar estándares interamericanos sobre independencia judicial, debido proceso, libertad de expresión, participación política, igualdad y protección de grupos en situación de vulnerabilidad. La Corte no solo resuelve controversias, sino que fortalece el ecosistema democrático, reafirmando que la vigencia de los derechos humanos es condición indispensable del Estado de derecho.
¿De qué manera sus sentencias pueden contribuir a frenar retrocesos institucionales y a reforzar la democracia y los derechos fundamentales?
Por un lado, existe un impacto concreto del cumplimiento de la decisión para el Estado para lo cual las medidas fueron ordenadas. Por otro lado, gran parte de la labor de la Corte está relacionada al impacto a través del instituto de control de convencionalidad, cuando las autoridades y órganos estatales incorporan la jurisprudencia interamericana en sus normativas, políticas públicas y decisiones. Además, una de las mayores herramientas de la Corte radica en sus medidas de reparación integral a las víctimas, que van mucho más allá de la indemnización económica prevista por los tribunales nacionales, sino que buscan reestablecer derechos, transformar estructuras y garantizar la no repetición de violaciones de derechos humanos. Por lo tanto, el Tribunal contribuye para transformaciones concretas frente a los desafíos en materia de derechos humanos que enfrenta la región.
Por ejemplo, los casos Gadea Mantilla vs. Nicaragua (2024) y Capriles Radonski vs. Venezuela (2024) son precedentes recientes importantes para reforzar la protección de las democracias. Las sentencias ponen de relieve estándares internacionales con relación a las obligaciones estatales relacionadas a promover procesos electorales transparentes, imparciales y con mecanismos efectivos de impugnación.
Asimismo, el mecanismo de supervisión de cumplimiento y las medidas provisionales permiten respuestas rápidas frente a riesgos graves, especialmente en escenarios de crisis institucional, amenazas a operadores de justicia, ataques a comunidades indígenas o violencia contra personas defensoras y periodistas. Estas herramientas funcionan como alertas tempranas regionales, capaces de generar presión internacional y habilitar acciones de protección urgentes.
Persisten, sin embargo, ángulos muertos en la protección del Estado de derecho .
Inicialmente, existe una limitación basada en los propios límites de la jurisdicción de la Corte Interamericana, teniendo en cuenta que el Tribunal solo puede conocer los casos de Estados que han reconocido su competencia contenciosa en los marcos de la Convención Americana.
Con relación a los Estados que se encuentran bajo la jurisdicción de la Corte Interamericana, es relevante mencionar que un elemento importante en el diálogo entre el Derecho internacional y el Derecho interno está relacionado con la falta de mecanismos coercitivos a nivel internacional Así, el cumplimiento de las decisiones de los tribunales internacionales depende también de la buena fe y del compromiso de los Estados. Sin perjuicio de ello, pongo de relieve que las sentencias no pueden quedarse como declaraciones de mera voluntad de cada país, especialmente frente a graves violaciones de derechos humanos. El cumplimiento de las obligaciones internaciones es responsabilidad de los Estados. A lo largo de su trayectoria, la Corte ha observado impactos significativos en la región a partir del cumplimiento de las medidas ordenadas. Si bien el Sistema Interamericano ha avanzado de manera notable en la consolidación de estándares y en la protección de los derechos humanos, aún persisten límites al alcance de la Corte.
¿Cuáles son esas limitaciones?
En primer lugar, el cumplimiento interno de las sentencias y de las medidas provisionales sigue siendo desigual. Esto ocurre, por un lado, por debilidades institucionales (por ejemplo, marcos normativos incompletos o falta de mecanismos de coordinación entre poderes del Estado) y, por otro, por insuficiente voluntad política. En ciertos contextos, la implementación de decisiones interamericanas se percibe como un costo político y no como una obligación jurídica, lo que ralentiza o incluso bloquea los avances. La implementación de las medidas ordenadas es, en algunas ocasiones, realizada de manera parcial o tardía. No se trata únicamente de que los Estados cumplan más o menos medidas, sino de cómo lo hacen, teniendo en cuenta que, en general, las medidas de reparación de no repetición enfrentan más obstáculos para su cumplimiento.
Asimismo, están las restricciones presupuestarias y logísticas estatales, las cuales inciden en la oportunidad y amplitud del seguimiento de las decisiones de la Corte. En muchos casos, las instituciones nacionales operan con presupuestos o capacidades técnicas limitadas, lo que dificulta la creación de mecanismos estables de cumplimiento de decisiones. Esto se vuelve evidente en ámbitos que requieren inversiones (como reformas estructurales, programas de reparación o fortalecimiento de sistemas de justicia) donde la falta de recursos o de planificación administrativa retrasa la ejecución. A ello se suman déficits de coordinación interinstitucional dentro de los Estados, que hacen que las decisiones no siempre encuentren una ruta administrativa eficaz para hacerse realidad en el terreno.
Un tercer aspecto tiene que ver con los límites inherentes a la jurisdicción contenciosa. La Corte solo puede conocer de los asuntos que los Estados someten a su competencia y de los casos que llegan mediante la Comisión. Esto implica que la agenda del Tribunal está parcialmente condicionada por factores externos, y que no siempre puede pronunciarse sobre situaciones estructurales o emergentes a menos que exista un caso concreto que las habilite.
En cuarto lugar, es necesario reconocer que los tiempos procesales no siempre dialogan con la urgencia de determinadas crisis. Situaciones de graves violaciones, conflictos sociales o deterioro acelerado del Estado de derecho demandan respuestas inmediatas. Sin embargo, incluso con mecanismos como las medidas provisionales, los procesos requieren análisis rigurosos y garantías procesales que consumen tiempo.
Por último, muchos de los desafíos más profundos que enfrenta la región tienen un carácter altamente sistémico: corrupción estructural, penetración del crimen organizado, retrocesos democráticos, o complejos conflictos socioambientales. Estos fenómenos exceden el alcance directo de una sentencia judicial, pues requieren políticas públicas sostenidas, coordinación interinstitucional y voluntad política continua, tanto a nivel nacional como regional. Frente a ello, la labor de la Corte debe complementarse con estrategias de diálogo permanente con los Estados, fortalecimiento de capacidades institucionales y un involucramiento activo de la sociedad civil.
Pese a ello, la experiencia reciente demuestra que el diálogo con las altas cortes nacionales, los organismos internacionales, la academia y la sociedad constituye una vía cada vez más eficaz para amplificar el impacto de las decisiones interamericanas. Esa cooperación multinivel permite que los estándares se integren mejor en el plano interno y que las sentencias se conviertan en herramientas útiles para fortalecer el Estado de derecho.

¿En qué medida la fragilidad institucional está intensificando los desafíos o abriendo nuevos frentes en materia de derechos humanos?
Entiendo que estamos enfrentando un momento en el que están regresando desafíos sobre violaciones de derechos humanos que ya estamos trabajando en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde hace varios años, como el acceso a la justicia, la violencia de género, el derecho al territorio y de consulta previa de los pueblos indígenas, la discriminación contra personas LGTI+, la libertad de expresión y otros temas, así como nuevos debates relacionados a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y las nuevas herramientas tecnológicas, por ejemplo. Al observar el panorama regional, se advierten varios focos críticos y sensibles que, aunque no siempre son recientes, se han vuelto más intensos y complejos en los últimos años.
¿Cuáles son esos puntos críticos?
En primer lugar, uno de los focos más críticos en la región continúa siendo la independencia judicial y la protección efectiva de jueces, fiscales y otros operadores de justicia. En varios países, las dinámicas políticas y los incentivos institucionales generan presiones que afectan la estabilidad en los cargos, la previsibilidad de los procesos disciplinarios y la capacidad de los sistemas judiciales para actuar sin interferencias. Por ello, la Corte Interamericana ha enfatizado estándares sólidos sobre la inamovilidad, las garantías profesionales y la protección frente a represalias.
Un segundo ámbito donde las tensiones del Estado de derecho se manifiestan con especial claridad es el de la libertad de expresión y la seguridad de periodistas y comunicadores. La región enfrenta no solo episodios graves de violencia, sino también formas más sutiles de censura, estigmatización o restricción indebida del debate público. Ante este panorama, la Corte ha reiterado de manera expresa la prohibición de censura previa y el deber reforzado de los Estados de proteger a las personas periodistas, subrayando que sin un flujo libre de información no es posible el escrutinio ciudadano ni la rendición de cuentas democrática.
Un tercer espacio particularmente sensible es el relacionado con los derechos de las personas privadas de libertad, un grupo que se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad por estar bajo custodia estatal. El hacinamiento, la violencia intracarcelaria, la falta de acceso a servicios de salud, agua potable y condiciones mínimas de dignidad constituyen problemas persistentes en numerosos países de la región. La Corte ha subrayado que los Estados, al privar a una persona de libertad, asumen un deber especial de protección, lo que incluye garantizar su integridad física y psíquica, prevenir abusos y asegurar condiciones compatibles con el respeto a la dignidad humana.
Asimismo, las tensiones vinculadas al uso de la fuerza estatal en contextos de protesta y movilización social se han vuelto especialmente visibles. En distintos escenarios, la falta de protocolos adecuados, la capacitación insuficiente o la ausencia de controles efectivos ha derivado en intervenciones desproporcionadas que afectan derechos como la vida, la integridad personal y la libertad. La Corte ha sido clara en precisar los límites al uso de la fuerza, los principios de necesidad y proporcionalidad, y las obligaciones de investigación cuando se producen abusos. Estos estándares cumplen una doble función: orientan la actuación de las fuerzas de seguridad y, al mismo tiempo, fortalecen la legitimidad democrática de las instituciones al promover respuestas estatales respetuosas del derecho a la protesta y del espacio cívico.
Otro foco relevante se encuentra en las afectaciones a pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y rurales por actividades extractivas e infraestructura. La expansión de tales proyectos sin mecanismos adecuados de diálogo, transparencia y evaluación de impactos ha intensificado conflictos socioambientales y generado vulneraciones profundas. Al respecto, la Corte ha consolidado criterios cada vez más precisos sobre la consulta previa, la evaluación de impactos sociales y ambientales, participación efectiva de las comunidades y las salvaguardas necesarias para proteger territorios y medios de vida. Estas decisiones no solo buscan evitar daños irreparables, sino también fortalecer el reconocimiento de la diversidad cultural y la corresponsabilidad estatal en la gestión sostenible del desarrollo.
Finalmente, la Corte ha seguido desarrollando en su actuación las medidas de reparación de no repetición, en contextos donde las violaciones de derechos humanos responden a patrones históricos o a fallas sistémicas. Estas medidas —que pueden abarcar reformas institucionales, capacitación de funcionarios, creación de mecanismos de supervisión, fortalecimiento del acceso a la justicia o generación de políticas públicas integrales— apuntan a transformar las causas profundas de las vulneraciones y no únicamente a ofrecer reparaciones individuales. A partir de tales medidas, la Corte contribuye a fortalecer el Estado de derecho, promoviendo prácticas sostenidas que reduzcan la recurrencia de abusos y aumenten la resiliencia democrática de los países de la región.
Desde su experiencia, ¿qué medidas o estrategias deberían priorizarse para fortalecer el Estado de derecho en América Latina y hacerlo más resiliente frente a los desafíos actuales?
Para fortalecer el Estado de derecho en América Latina, es fundamental priorizar la protección de las instituciones democráticas. Esto incluye garantizar la estabilidad de los poderes, promover mecanismos de control y fiscalización efectivos y el sistema de frenos y contrapesos, con una cultura pública que valore la legalidad, la transparencia y la rendición de cuentas. En este proceso, la jurisprudencia y el seguimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han sido claves para orientar estándares, enfrentar prácticas de retroceso y ofrecer un marco de referencia común para los Estados. A partir de ello, considero que hay varias estrategias que deberían ser prioritarias si aspiramos a construir sistemas democráticos más resilientes frente a los desafíos actuales.
Un primer ámbito indispensable es el blindaje efectivo de la independencia judicial, que debe entenderse como un conjunto de garantías concretas. Esto implica revisar y fortalecer los métodos de nombramiento y remoción, asegurar carreras judiciales, proteger la estabilidad en los cargos e implementar sistemas disciplinarios que operen con independencia e imparcialidad. La Corte Interamericana ha recordado en sus casos que la autonomía del poder judicial constituye un pilar del Estado de derecho y que, sin jueces y fiscales protegidos frente a presiones políticas o represalias, la justicia no puede actuar como un verdadero contrapeso democrático. Por ejemplo, en el Caso Reverón Trujillo vs. Venezuela, la Corte Interamericana recordó la relevancia de las garantías contra las presiones externas para la independencia judicial.
En segundo lugar, es esencial avanzar hacia políticas integrales de lucha contra la corrupción, que combinen transparencia activa, publicación de datos abiertos, sistemas sólidos de compras públicas y mecanismos efectivos de control social. La corrupción erosiona la confianza ciudadana, desvía recursos públicos y debilita la institucionalidad democrática. Aquí, los estándares interamericanos en materia de acceso a la información, deber de motivación y responsabilidad estatal ofrecen un marco útil para orientar reformas administrativas y herramientas de supervisión que permitan a la ciudadanía monitorear el ejercicio del poder.
Otro componente clave para robustecer el Estado de derecho se encuentra en la regulación adecuada del uso de la fuerza y en la existencia de cadenas reales de rendición de cuentas. La región ha enfrentado episodios graves de violencia estatal, por ejemplo, en contextos de protesta, lo que demuestra la necesidad de protocolos claros, capacitación permanente y sistemas de investigación que funcionen sin interferencias. La Corte Interamericana ha sido enfática en exigir que los Estados investiguen de manera diligente y autónoma cualquier abuso. Estos estándares deben traducirse en políticas públicas que prevengan abusos del uso de la fuerza estatal y que protejan el espacio cívico.
En cuarto lugar, es indispensable fortalecer fiscalías, defensorías públicas y sistemas periciales, asegurando recursos adecuados, profesionalización continua y métricas de desempeño que permitan evaluar su impacto y calidad. Sin instituciones capaces de investigar, acusar, defender y producir pruebas con rigor y autonomía, el sistema de justicia pierde eficacia y legitimidad. La experiencia interamericana muestra que la debilidad de estas instituciones contribuye a la impunidad y a la perpetuación de patrones estructurales de violación de derechos.
Otro eje fundamental consiste en mejorar los marcos normativos y los mecanismos prácticos de consulta y participación en proyectos con impacto social y ambiental. Los conflictos socioambientales que atraviesan la región tienen raíces profundas en la falta de información, transparencia y diálogo adecuado con las comunidades involucradas. La Corte Interamericana ha desarrollado criterios claros sobre consulta previa, evaluación de impactos y salvaguardas ambientales, que pueden servir como hoja de ruta para que los Estados gestionen el desarrollo con legitimidad social y respeto a los derechos colectivos. Específicamente en el Caso La Oroya vs. Perú, la Corte Interamericana examinó la contaminación ambiental derivada de actividades industriales y sus efectos. La sentencia delimita las obligaciones del Estado con relación a regular, supervisar, prevenir y remediar los impactos ambientales.
También es prioritario avanzar en una protección integral de periodistas y defensores de derechos humanos, grupos especialmente expuestos en un contexto de retrocesos democráticos y criminalidad organizada. La experiencia regional muestra que las agresiones contra estos actores no solo buscan silenciar voces críticas, sino que erosionan el debate público y debilitan la capacidad de la sociedad para supervisar a las instituciones. Por ello, deben adoptar medidas preventivas efectivas, investigar de manera pronta e independiente cualquier agresión y combatir los discursos estigmatizantes que, desde espacios de poder, incentivan violencia. Con ese enfoque integral, es posible asegurar que la libertad de expresión y la defensa de los derechos humanos puedan ejercerse sin temor, y que las instituciones democráticas se fortalezcan en lugar de retraerse.
Junto a ello, considero crucial promover educación cívica y alfabetización mediática para enfrentar la desinformación y las narrativas que polarizan o erosionan la legitimidad institucional. La cultura democrática no se sostiene únicamente con normas e instituciones; requiere ciudadanía informada, capaz de evaluar críticamente la información y de participar de manera activa en la vida pública para garantizar una democracia saludable.
Finalmente, el fortalecimiento del Estado de derecho se beneficia de mecanismos de cooperación judicial regional, especialmente frente a fenómenos como el crimen organizado transnacional, la trata de personas o la corrupción estructural. La experiencia interamericana muestra que muchas violaciones de derechos tienen raíces transfronterizas o sistémicas y requieren respuestas coordinadas y planes de cumplimiento verificables, así como medidas estructurales de reparación capaces de transformar la institucionalidad de fondo y no solo corregir situaciones individuales.
Todas estas estrategias deben enmarcarse en un horizonte común: la consolidación del control de convencionalidad, la elaboración de planes de cumplimiento verificables y la implementación de evaluaciones periódicas de impacto. De esa manera, los estándares interamericanos no se quedan en decisiones judiciales aisladas, sino que se convierten en herramientas vivas para orientar políticas públicas, fortalecer instituciones y garantizar que el Estado de derecho pueda responder de manera eficaz y democrática a los desafíos contemporáneos y promover buenas prácticas.






