El Tribunal Supremo aplica la doctrina de la unidad del vínculo para el cálculo de la base reguladora de la IT en un supuesto de sucesivas contrataciones de puesta a disposición.
Nos encontramos ante una unidad de vínculo, atendiendo a las circunstancias ya descritas, y especialmente, en tanto que fue contratado por medio de diversos contratos y/o prórrogas desde el 23 de enero de 2015 (detallados en el relato de hechos probados), sin solución de continuidad.
La sentencia recurrida, partiendo de ello, revoca la sentencia de instancia y estimando la demanda, reconoce el derecho del actor a que la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal iniciada el 31 de diciembre de 2015, se fije en el importe mensual de 2,445,84 euros (que se deriva del mes anterior), como se postula en el escrito de demanda y resulta de la norma cuya infracción denuncia la recurrente.
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