Jornada histórica: Universidad y Abogacía

Francisco Estévez modera un panel integrado por la Presidenta de la Barra Mexicana, Claudia de Buen, y el catedrático Emérito de la Universidad Autónoma de Madrid, Manuel Aragón Reyes

Redacción Otrosí
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Revista del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid

Modera: José Francisco Estévez, Vicepresidente del despacho Cremades & Calvo Sotelo.
Intervienen: Manuel Aragón Reyes, Catedrático Emérito, Departamento Derecho Público y Filosofía Jurídica. Universidad Autónoma de Madrid; Claudia de Buen, Presidenta de la Barra Mexicana.

Esta mesa pone en valor el intercambio de culturas entre España e Iberoamérica, con especial mención a México y a los juristas exiliados que acogió tras 1939, que dieron lugar, entre otras, a instituciones de investigación jurídica vigentes hoy en día que continúan la labor de estrechar lazos académicos a los dos lados del Atlántico. También se debate la conceptualización del Estado de derecho en la doctrina hispánica y se reivindica el Derecho de Indias como precursor de los Derechos Humanos.

Refugio y comunidad de la doctrina hispánica

“En Hispanoamérica, sin negar la influencia de los franceses, han sido sobre todo los españoles quienes han influido tanto en la dogmática jurídica como en la codificación. Ni siquiera la influencia del código de Napoleón de 1804 fue capaz de tumbar todo lo que venía de la monarquía hispánica. Había toda una tradición de siglos que no se podía evitar su incorporación al acerbo jurídico histórico hispano”, comenzaba Estévez, dando paso a los intervinientes.

En este sentido, De Buen compartía cómo su abuelo, junto con otros 30.000 españoles, “llegaron a México, perseguidos, sin un peso, y la UNAM les abrió las puertas generando un grupo de académicos de enorme nivel y aprovechándolos al máximo grado, contratándolos como asesores de algunas áreas importantes”. De su legado, explicaba la presidenta de la Barra Mexicana, persisten hoy el Colegio de México , “la institución más prestigiosa para realizar determinadas materias”, y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, “el más importante que hay en el área del Derecho”.

“El exilio republicano dotó a Hispanoamérica de cabezas jurídicas como Jiménez de Asúa, maestro de Derecho Penal moderno iberoaméricano; Luis de Casens, Filosofía de Derecho, Niceto Alcalá Zamora, Pedroso… una lista bastante amplia de personalidades muy relevantes de la Universidad española que llegaron allí y fueron acogidos muy generosamente y también aportaron todo lo que podían al Derecho de aquellos países, a la Universidad, a la abogacía”, coincidía Aragón, remarcando la importancia del “continuo flujo de estudiantes y posgraduados entre ambas regiones, creando una red extraordinaria de colaboración”, que llega hasta nuestros días, y que ha dejado importantes pensadores dentro de la ciencia jurídica, entre los que destacó a los españoles Manuel García de Pelayo y García de Enterría y al mexicano Héctor Fix-Zamudio: “hay una comunidad iberoamericana de juristas, con unos principios comunes del entendimiento del Derecho Público Privado, pero sobre todo del Público, que nos fortalece a todos porque hablamos el mismo lenguaje y pertenecemos a la misma cultura”.

Dos ideas pioneras: el Derecho de Indias precursor de los DDHH y la conceptualización del Estado de derecho

Precisamente está comunidad cultural y lingüística, destacaron los miembros de la mesa, es la que ha fortalecido y enriquecido la generación de ciencia jurídica a ambos lados del océano, pero que además ha dado lugar a importantes hitos dentro de la Historia del Derecho, que sin embargo suelen atribuirse a otras regiones. Si bien la nominación Estado de derecho aparece por primera vez en la doctrina alemana, “ya Bernardino Bravo defendía que la historia de la institución no está ligada a un proceso revolucionario, como ocurrió en Inglaterra o Francia, sino de destratificación en la historia, que viene a cristalizar en unos derechos que le son propios”, señalaba Estévez. “Ha habido un continuo del Derecho Occidental de intento de someter el poder a la Ley, lo que pasa es que el Derecho entonces era una realidad sin construir de modo completamente sistemático, la acción perseguía al Derecho”, apuntaba Aragón, “las ideas ya estaban ahí, con el Estado Constitucional se positiviza completamente, de forma que no hubiera zonas inmunes del poder al control jurisdiccional”.

Y como muestra de esto, refería Estévez, “ya en el Derecho de Indias los gobernadores e incluso los virreyes estaban sometidos a un cierto estado regulatorio del Derecho”. Esta “diferencia del trato a los indianos porque se consideraba que había una asimetría importante, generó un Derecho de tutela a favor de los más necesitados, situación que se ha visto ahora reflejada en las constituciones, que integran la no discriminación por cuestión de sexo, género, raza…”, reflejó De Buen.

En este punto los participantes mostraron su preocupación porque estos avances puedan verse en retroceso, “el problema que vemos en países de Latinoamérica es que el poder no quiere estar sometido a las reglas del Derecho, las reglas estorban, las instituciones le estorban”, explicaba de Buen, reivindicando el papel fundamental de profesionales y Colegios a la hora de exigir respeto al Derecho: “nosotros nos autodenominamos la conciencia jurídica nacional”, indicó.

Redacción Otrosí
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