El delito que sustituye a la sedición se penará como provocar un incendio forestal o dañar vías férreas

El Código Penal sanciona de forma similar a aquellos que utilizan tarjetas de crédito falsificadas

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El delito de sedición que va a ser derogado por el Gobierno y que pretende sustituir por otro de desórdenes públicos agravados se penará con condenas de entre tres y cinco años de cárcel, un castigo contemplado en el Código Penal de forma similar para las personas que incendien «montes o masas forestales» o para las que dañen vías férreas, según los datos recogidos por Europa Press.

La proposición de ley orgánica realizada por PSOE y Unidas Podemos, en la que se propone la derogación del delito de sedición, contempla penas para las autoridades de tres a cinco años de prisión –frente a los 10 a 15 años que recoge el Código Penal vigente– e inhabilitación de seis a ocho años –frente a los 10 a 15 años que establece la ley actual–.

En un rango de uno a cinco años de cárcel el Código Penal sanciona a los que causen «daños que interrumpan, obstaculicen o destruyan líneas o instalaciones de telecomunicaciones o la correspondencia postal». También a aquellos que incendien «montes o masas forestales».

En la misma pena incurrirán además los que causen daños en vías férreas u originen un grave daño para la circulación ferroviaria. El mismo castigo que se impone «a los que dañen las conducciones o transmisiones de agua, gas o electricidad para las poblaciones, interrumpiendo o alterando gravemente el suministro o servicio».

Con los mismos años de prisión se pena a aquellos ciudadanos que, «en tiempo de guerra y con el fin de comprometer la paz, seguridad o independencia del Estado», tengan «correspondencia con un país enemigo u ocupado por sus tropas cuando el Gobierno lo hubiera prohibido».

Además, el Código Penal castiga con penas de dos a cinco años de cárcel a aquellos que destruyan, inutilicen, falseen o abran «sin autorización la correspondencia o documentación legalmente calificada como reservada o secreta, relacionadas con la defensa nacional y que tenga en su poder por razones de su cargo o destino».

INTIMIDACIÓN A JUECES Y POLÍTICOS

Con esa condena de dos a cinco años también se castiga a aquellas personas que acepten un soborno en calidad de funcionario de la Corte y en relación con sus funciones oficiales.

Se trata de una sanción idéntica a la que se impone a los ciudadanos que usan, en perjuicio de otra persona, tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje falsificados a sabiendas de que los mismos han sido previamente falseados.

Con penas de tres a cinco años de cárcel, como el nuevo delito que sustituye a la sedición, se sanciona a las personas que empleen la fuerza o intimidación contra políticos y jueces o para aquellas que difundan o revelen secretos de empresa.

El artículo 498 del Código Penal establece también una condena de tres a cinco años de cárcel a los ciudadanos que traten de «impedir a un miembro del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma asistir a sus reuniones». También a los que, utilizando la violencia, busquen coartar «la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto».

En el mismo sentido, la norma impone penas de prisión idénticas a los que empleen «fuerza, violencia o intimidación para impedir a los miembros» del Gobierno, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, el Consejo de Gobierno o el Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma «asistir a sus respectivas reuniones».

En el rango de esa sanción, el Código Penal también castiga de tres a cinco años de cárcel a los que «sin alzarse públicamente, portando armas u otros instrumentos peligrosos, intentaran penetrar en las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, para presentar en persona o colectivamente peticiones» a sus integrantes.

En otro orden de cosas, el Código Penal contempla penas iguales para los que difundan, revelen o cedan secretos de empresa de los que se hayan apoderado previamente, ya sean datos, documentos escritos o electrónicos o soportes informáticos.

Contenidos destacados

- Publicidad -
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img

CONTENIDOS RELACIONADOS

Al menos 11 audiencias provinciales se desmarcan de Fiscalía y fijan...

Otras tres audiencias optan por no rebajar las condenas cuando las viejas penas puedan aplicarse con la nueva ley

Jueces y fiscales firman el martes la subida de 450 euros...

La asociación mayoritaria de jueces se ha desmarcado del acuerdo al considerarlo "insuficiente, indigno e inaceptable"

Funcionarios de Justicia acusan al Ministerio de «maltratar» a miembros del...

Denuncian que tras más de 24 horas de encierro sigue sin tener un interlocutor válido para afrontar la salida negociada al conflicto

El TS fija que las víctimas de violencia de género pueden...

El tribunal aplica la perspectiva de género para que las mujeres separadas de sus agresores puedan recibir la subvención