La AN reconoce el derecho a asuntos propios y días de vacaciones por antigüedad a los abogados fiscales sustitutos

Da la razón a 35 abogados fiscales que recurrieron una resolución de julio del Ministerio de Justicia

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional (AN) ha reconocido el derecho de los abogados fiscales sustitutos a disfrutar del permiso de días por asuntos propios y de los días adicionales de vacaciones por antigüedad en las mismas condiciones que los fiscales titulares al considerar que no hacerlo vulneraría el derecho a la igualdad que contempla el artículo 14 de la Constitución.

El Juzgado Central de lo Contencioso 1 ha admitido el recurso que presentaron 35 abogados fiscales sustitutos contra la Resolución del Ministerio de Justicia del pasado julio que rechazó su solicitud de equiparación con los fiscales titulares en materia de asuntos propios y días adicionales de vacaciones por antigüedad.

En su recurso, los fiscales sustitutos argumentaban que tanto el Real Decreto 634/ 2014 que fijaba el régimen de sustituciones de la Carrera fiscal como el Real Decreto 305/2022 que derogó el anterior omitían en su redacción estos dos derechos y, sin embargo, se les había venido reconociendo con el Real Decreto anterior.

Aducían que los permisos de asuntos propios y los días adicionales de vacaciones por antigüedad debían ser considerados condiciones de trabajo, por lo que tratarles de manera menos favorable que a los fiscales titulares vulnera el artículo 14 de la Constitución, así como la directiva europea 1999/70/CE, que en su cláusula 4ª entronca con el derecho fundamental a la no discriminación.

La Abogacía del Estado se opuso a reconocerles estos dos derechos al considerar que los abogados fiscales sustitutos tienen un régimen jurídico diferente al de los titulares, no tienen contrato ni relación de carácter laboral, estando sometidos a un régimen específico de nombramiento anual para funciones de apoyo o refuerzo, tras la convocatoria correspondiente.

«MISMAS CONDICIONES RETRIBUTIVAS»

Ahora, la Audiencia Nacional admite que el régimen jurídico de ambos es diferente, pero añade que ello no resulta determinante para negar a los sustitutos, «el derecho a las mismas condiciones que éstos, como el disfrute de los permisos por asuntos propios y los días adicionales de vacaciones por antigüedad».

En 24 folios, el juez señala que resulta «artificiosa o injustificada que dicho diferente régimen jurídico aboque a unas condiciones de trabajo diferentes». «Los abogados fiscales sustitutos tienen las mismas condiciones retributivas que pudieran corresponderles y ello a pesar de su distinto régimen jurídico», concluye.

Por ello, sostiene que no se alcanza a comprender que no disfruten de las mismas condiciones de trabajo en relación con estos dos derechos, «máxime cuando han venido disfrutando de los mismos bajo la vigencia del Real Decreto 634/ 2014».

En este sentido, destaca que ninguno de los dos decretos contiene pronunciamiento alguno acerca de los extremos discutidos, «y sin embargo, han venido disfrutando de los permisos por asuntos propios y los días adicionales de vacaciones por antigüedad que ahora se les niegan».

Así las cosas, concluye que el reglamento vigente debe interpretarse y aplicarse en consonancia con el artículo 14 de la Constitución y procede reconocer a los fiscales sustitutos los dos derechos, en idénticas condiciones que se otorgan a los titulares.

En la resolución, el juez no impone las costas procesales al considerar que existen dudas en derecho sobre la cuestión analizada.

Contenidos destacados

- Publicidad -
- Publicidad -spot_img
- Publicidad -spot_img

CONTENIDOS RELACIONADOS

La Comunidad precisa que la sentencia del TC afecta a una...

Subraya que el fallo unánime del Constitucional sobre la eutanasia en discapacitados no influye en nada al funcionamiento de la Amapad

Los concursos presentados ante juzgados en Madrid en 2023 suben un...

De ellos, 33.268 corresponden a concursos presentados por personas naturales sin actividad empresarial

El Supremo dice que difundir una sola foto es suficiente para...

Revoca la absolución de un hombre que envió a un amigo una imagen sexual de su pareja sin su consentimiento

Un acusado afronta 6 años de cárcel por dejar un descubierto...

El juicio se celebrará el próximo martes en la Audiencia Provincial de Madrid