El TPI y España firman el acuerdo para que los condenados puedan cumplir penas en cárceles nacionales

El acuerdo firmado garantiza la confidencialidad y la imposibilidad de restringir las comunicaciones confidenciales entre la persona condenada y la corte

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

El Gobierno de España y el Tribunal Penal Internacional (TPI) han realizado este jueves la firma del acuerdo por el cual los condenados por esta corte puedan cumplir sus penas de forma total o parcial en España, según ha informado el organismo judicial en un comunicado.

La formalización se produce después de que el pasado mes de septiembre el Consejo de Ministros diera luz verde a este asunto. La firma se ha producido por parte del presidente de la corte, el juez Piotr Hofmanski, y la embajadora de España en Países Bajos, Consuelo Femenía.

España es Estado parte del Estatuto de Roma, por el que se crea el TPI, desde octubre de 2000 y la corte internacional inició formalmente su andadura el 1 de julio de 2002 con vistas a enjuiciar a individuos que cometan crímenes de guerra, agresión, lesa humanidad y genocidio, de acuerdo al principio de complementariedad con las jurisdicciones nacionales.

«Al firmar este acuerdo hoy, el Reino de España demuestra su apoyo y compromiso inquebrantables para garantizar el correcto funcionamiento de la corte. Está consagrado en el Estatuto de Roma que los Estados partes deben compartir la responsabilidad de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas por la corte. Con su firma, España ha asumido esta responsabilidad», ha subrayado Hofmanski.

De su lado, Femenía ha destacado el «compromiso» de España con el desempeño de las funciones del TPI como institución judicial. «Somos muy conscientes de la necesidad de este tipo de cooperación en la implementación práctica del mandato de la corte, en la última fase del proceso judicial», ha agregado la embajadora.

El acuerdo firmado garantiza la confidencialidad y la imposibilidad de restringir las comunicaciones confidenciales entre la persona condenada y la corte.

Además, establece que las condiciones de reclusión, si bien se rigen por legislación española, deben respetar las normas internacionales generalmente aceptadas sobre el tratamiento de los reclusos y garantizar un trato igual al de reclusos condenados por delitos similares en España, ha precisado Moncloa.

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