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	<title>Javier Escolano, autor en Otrosí</title>
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	<description>Revista del Colegio de la Abogacia de Madrid</description>
	<lastBuildDate>Tue, 22 Apr 2025 14:40:42 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Javier Escolano, autor en Otrosí</title>
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		<title>Antonio Garrido-Lestache: “Los robos de bebés se evitarían si se hiciera siempre identificación dactilar adecuada al nacer”</title>
		<link>https://www.otrosi.net/garrido-lestache-identificacion-dactilar-bebes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Apr 2025 08:06:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Entrevista]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este pediatra, considerado el padre de la identificación digital, advierte que las maternidades en España no cumplen las leyes de identificación</p>
<p>La entrada <a href="https://www.otrosi.net/garrido-lestache-identificacion-dactilar-bebes/">Antonio Garrido-Lestache: “Los robos de bebés se evitarían si se hiciera siempre identificación dactilar adecuada al nacer”</a> se publicó primero en <a href="https://www.otrosi.net">Otrosí</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Aunque la legislación española reconoce desde hace décadas el derecho de los recién nacidos a ser correctamente identificados, muchas maternidades siguen sin aplicar un sistema fiable de verificación de la identidad al nacer. Esta falta de controles ha contribuido, en el pasado, a errores graves de filiación y a los tristemente conocidos casos de bebés robados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Frente a esta realidad, <a href="https://garrido-lestache.es/principal">el pediatra Antonio Garrido-Lestache</a> —pionero en la identificación dactilar neonatal y creador del “DNI infantil”— defiende la implantación de servicios específicos de identificación en todos los hospitales. A lo largo de su carrera, Garrido-Lestache —jefe del Servicio de Recién Nacidos y Prematuros de la Maternidad Municipal de Madrid durante años— ha desarrollado un método de identificación que permite asociar con precisión la identidad del recién nacido a la de su madre desde el momento del parto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Basado en la toma de huellas dactilares —los dedos índice y medio del bebé, junto al índice y pulgar de la madre—, su propuesta busca integrar estos datos en la Declaración de Nacimiento del Registro Civil. El objetivo: asegurar la correspondencia entre la identidad jurídica y la identidad biológica. Una fórmula que, en sus propias palabras, permite saber con certeza “quién es quién y quién es de quién”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “se trata de instruir a los profesionales de los servicios de maternidad para que, al cumplir la ley, podamos dar a cada quien lo que le corresponde”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A su juicio, “lo ideal sería crear un servicio de identificación de recién nacidos en las maternidades, que acometa estas tareas de identificación y dé trámite al Registro Civil. Argentina ya lo tiene desde 1938 y en España este servicio no puede dilatarse más en el tiempo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para este experto, “con las primeras 1.500 huellas que fueron examinadas por la Policía Científica, con un éxito del 100% —y que fueron presentadas por la policía en un Seminario Mundial de Violencia contra los Menores—, y teniendo ahora unas 6.000 huellas con el mismo éxito del 100%, y siendo muy fácil la docencia y a coste cero, no deberíamos esperar más a crear estos Servicios de Identificación y presentar lo conseguido a la raza humana por España”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Según nos dijo hace unos años la consejera de Sanidad, Rosa Posada (1995-99), esta iniciativa era la principal aportación médica a la ciencia médica desde Cajal, hecha en España y por españoles. En manos de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, está esta seguridad para todos los niños y sus madres, especialmente ahora, por las guerras y las evacuaciones que se producen”, comenta este médico.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Antonio Garrido-Lestache es el promotor del Sistema de Identificación del Recién Nacido por Dactiloscopia. Es presidente de honor de la Fundación Vida, vicepresidente ejecutivo de la Fundación para la Humanización de la Medicina, socio de honor de UNICEF, socio de honor de las Sociedades de Pediatría de Madrid y de Castilla-La Mancha, miembro de la Asociación Española de Pediatría y expresidente del Comité de Identificación del Recién Nacido.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Nacido en Madrid en 1931, hijo del cirujano infantil Dr. Juan Garrido-Lestache y de doña Elvira Cabrera, está casado desde 1956 con doña María del Carmen Angulo. Son padres de cinco hijos. Pertenece a una familia de médicos con destacados profesionales en distintas especialidades.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Como jefe del Servicio de Recién Nacidos y Prematuros de la Maternidad Municipal de Madrid y como pediatra en su consulta del barrio de Salamanca, ha atendido a más de 20.000 niños a lo largo de más de cincuenta años de vida profesional.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Tras más de tres décadas dedicadas a la investigación e implantación de un sistema fiable de identificación del recién nacido, el doctor Antonio Garrido-Lestache es en la actualidad una de las autoridades más relevantes a nivel mundial en esta materia.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-19516" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-1024x683.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-300x200.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-768x512.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-1536x1024.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-2048x1365.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-696x464.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-1068x712.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-1920x1280.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8476-1320x880.jpg 1320w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>La normativa obliga a identificar a los recién nacidos</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">España es uno de los países con una legislación más avanzada en materia de identificación neonatal. Tras la aprobación por parte de la Asamblea General de la ONU de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989, el Parlamento español la ratificó el 5 de enero de 1991, con entrada en vigor el 20 de noviembre de ese mismo año.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Posteriormente, el 7 de abril de 1995, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó la Ley de Garantías de los Derechos de la Infancia y de la Adolescencia, cuyo artículo 11 reconoce el derecho de los recién nacidos a ser identificados de forma correcta, mediante los métodos más avanzados y precisos. La norma prevé la entrega de un Documento de Identidad Infantil a la madre, al padre o a la persona designada por la madre tras el parto. Más adelante, esta disposición fue extendida a todas las comunidades autónomas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta circunstancia hace que España sea uno de los pocos países en el mundo en los que el centro sanitario donde se produce el parto debe expedir un Documento de Identificación Infantil que garantice la filiación del bebé. En 2005, Correos emitió un sello conmemorativo que reconocía esta aportación a la seguridad infantil. Sin embargo, las sustracciones de bebés y los errores en su identificación se han seguido produciendo, en buena parte debido a la falta de personal especializado en estas tareas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para el doctor Garrido-Lestache, la identidad del recién nacido sigue siendo “la asignatura pendiente de la sociedad española”. A su juicio, “el recién nacido tiene como derecho fundamental el ser debidamente identificado, y así poder gozar de una identidad”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ese derecho, recuerda, está recogido en los artículos 7 y 8 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989, así como en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, donde se establece que los menores gozarán de los derechos reconocidos en la Constitución, en los tratados internacionales ratificados por España —especialmente en la citada Convención— y en el conjunto del ordenamiento jurídico.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A esa normativa se suman otras disposiciones relevantes, como la Ley Orgánica de Protección de Datos (LO 15/1999); la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, cuyo artículo 11.1 recoge el derecho a una identificación correcta y a la expedición de un DNI infantil; y la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de los Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, el INSALUD estableció el 1 de marzo del año 2000 la obligatoriedad de cumplimentar un Documento de Identificación Sanitaria Materno-Filial en todos sus centros, un protocolo que fue posteriormente asumido por algunas comunidades autónomas con competencias en materia de sanidad, entre ellas la Comunidad de Madrid. Dicho documento recoge los datos identificativos de la madre y del recién nacido, así como sus huellas dactilares, además de los datos relativos al nacimiento.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La normativa se completa con la nueva Ley del Registro Civil, 20/2011, de 21 de julio, cuyo artículo 46 —modificado por la Ley 19/2015— establece que el Registro Civil debe comunicar en un plazo de 72 horas los nacimientos que se produzcan. Además, impone al personal sanitario que asista al parto la obligación de adoptar medidas adecuadas para comprobar la relación de filiación materna.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por último, el Código Penal recoge en su artículo 220.5 que la sustitución de un recién nacido por otro constituye una imprudencia grave, castigada con penas de prisión de seis meses a un año. El artículo 222 prevé la inhabilitación especial de dos a seis años para el personal sanitario que colabore en estos hechos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Argentina, país pionero</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Este experto reconoce que ha estudiado la identificación infantil en Estados Unidos, Argentina y Venezuela. Señala que Argentina nos lleva ventaja desde 1938, cuando creó el primer Servicio de Identificación y Custodia del Recién Nacido, modelo que —según explica— está recogido en el Código Penal español y que, por tanto, debería implantarse de forma general en todas las maternidades.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Todas las investigaciones que ha llevado a cabo han sido financiadas por él mismo. “Nunca tuve una ayuda externa de financiación”, señala.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se le considera el “padre” del llamado “DNI” de los recién nacidos, creado en 1996. Este documento fue diseñado por técnicos de la Comunidad de Madrid, la Policía Científica y la Universidad Complutense, bajo la dirección del Dr. Garrido-Lestache, y producido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Es un sistema único en el mundo. Correos llegó a dedicarle un sello conmemorativo. Ahora, el pediatra reclama una mayor formación en esta área para que ningún niño pueda extraviarse al venir al mundo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="683" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-19513" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-1024x683.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-300x200.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-768x512.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-1536x1024.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-2048x1365.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-696x464.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-1068x712.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-1920x1280.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/04/IMG_8512-1320x880.jpg 1320w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Sobre dicho sistema de identificación, resalta que “se trata de incorporar en el documento en que se registra el nacimiento del bebé las huellas dactilares de los dedos índice y medio del recién nacido, junto a las huellas de los dedos índice y pulgar de la madre, ambos de la mano derecha. Esta es una certificación hecha por el tocólogo que asiste al parto. De esta forma, la identidad jurídica se corresponde con la identidad antropológica del binomio madre e hijo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto a la forma correcta de realizarla, el pediatra explica: “El niño debe estar boca abajo, porque boca arriba siempre contrae la mano; pero de esta forma la extiende y entonces es facilísimo obtener la huella. También hay que usar tinta especial, papel especial y lupa de seis aumentos. Como ve, el precio es ínfimo, por no decir cero. Y el resultado del trabajo, que yo tengo hecho con la Policía Científica española, es del 100 %”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Curiosamente —añade— “es ley en España desde el 6 de enero de 1991, cumpliendo el mandato de la Convención sobre los Derechos del Niño. Pero en nuestro país podríamos decir que la práctica equivale a cero, por una sencilla razón: nunca ha habido docencia. Siempre ha habido muchas disfunciones en la identificación del recién nacido. Es necesario tener personal preparado —que puede ser sanitario o no— en la toma de huellas dactilares”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su opinión, “la enseñanza y el aprendizaje es lo más fácil, y el coste es cero. Es lo más fácil del mundo. Si no se ha hecho hasta el momento es porque no ha habido voluntad política de cumplir la ley”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Defiende que España debería seguir el modelo argentino: “Nos llevan ventaja porque hay hospitales que crearon, hace 87 años, el Servicio de Identificación, Guardia y Custodia y Entrega de los Recién Nacidos a sus madres. Así no puede haber ninguna duda de que se hace todo bien, y es impensable que un niño pueda ser cambiado, robado o mal adoptado”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Hay errores importantes</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Este experto reconoce que se cometen errores graves: “La tinta no es la adecuada, ni el papel, ni la lupa para comparar una huella con otra. El personal médico tiene una función médica que cumplir. En cambio, el identificador solamente cumple la función de reconocer a los niños, y no otra: debe hacerlo al nacer y al ser dado de alta. Es decir, que las maternidades de España no cumplen las leyes del Estado español”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, la clave está en “crear en las maternidades los Servicios de Identificación del Recién Nacido, dando cursos, títulos&#8230; repito nuevamente”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“El Estado español ha depositado, por ley, la facultad de certificar la vida en las matronas y los médicos, como notarios del Reino de España. Pero claro, si se ocupan de la asistencia médica, no tienen por qué identificar también. Tiene que ser solamente personal con título de identificador, sea médico o no”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pese a sus esfuerzos investigadores a lo largo de su carrera profesional, el profesor Garrido-Lestache fue invitado a dar conferencias sobre este DNI de la Comunidad de Madrid en Estados Unidos, Venezuela, París o Argentina, por haber sido España el primer país en lograr la huella dactilar de los recién nacidos y publicarla. “Con ese trabajo demuestro lo sencillo de su obtención. Tengo tesis doctoral sobre este DNI en la Policía Universitaria Científica de Buenos Aires y en Chile, con una calificación de diez”, señala.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Apasionado de la pediatría, cree que la solución a este problema es más sencilla de lo que se piensa: “Las maternidades tienen que tomárselo en serio. Lo hicimos en la Maternidad Municipal de Madrid y salió muy bien. Pero en la actualidad las maternidades no hacen dicha identificación de forma correcta”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Yo pido a la nación española, para bien de todos, una auditoría médico-jurídica, por ser un tema jurídico que empieza en los paritorios, como corresponde a nuestra seriedad científica. Eso se pidió hace años en el Congreso de los Diputados por el catedrático Manuel Fraga. Se trata de corregir conductas intencionadas y negligentes que han dado lugar a situaciones irregulares en la identificación de los recién nacidos”, afirma.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“La consecuencia de no hacerlo, que es lo más grave, son los niños cambiados, robados, adoptados irregularmente y que pierden todos sus derechos civiles. Por otro lado, cambiar a un niño por otro está penado por el Código Penal muy gravemente”, aclara.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “un niño identificado es inviable que sea cambiado, robado o mal adoptado. Incluso un pequeño que ha perdido su identidad puede casarse con su propia hermana, así que, para salvaguardar los derechos de los niños a la identificación, amparado por todas las leyes, lo más sencillo, bueno y barato son las huellas dactilares. Sabiéndolas tomar”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Como colofón, concluye: “Los médicos buscamos la verdad. Nada más hermoso que conocer la verdad, nada más vergonzoso que defender la mentira y tomarla como verdad. Ya lo dijo Cicerón hace muchos años”.</p>
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		<item>
		<title>“Historias para superar retos”: una propuesta de la Fundación Cortina ICAM para mejorar la salud mental de la abogacía madrileña</title>
		<link>https://www.otrosi.net/fundacion-cortina-historias-retos-salud-mental/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Apr 2025 00:37:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
		<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Fundación ICAM Cortina]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Esta iniciativa pone el foco en el bienestar emocional de los abogados a través de experiencias reales y el acompañamiento de expertos</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">“Historias para superar retos” es una iniciativa enmarcada dentro del Programa Bienestar Integral promovido por la Fundación Cortina ICAM. A través de esta nueva actividad, se ofrece a los colegiados y colegiadas un espacio de diálogo para la conexión y el apoyo mutuo entre profesionales, reuniendo a compañeros y compañeras de profesión para compartir experiencias reales, siempre acompañados por un especialista en salud mental.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El propósito de esta propuesta es fomentar un entorno seguro donde las vivencias personales y profesionales sirvan de inspiración y ayuda, reconociendo que todos, en algún momento, necesitamos el respaldo de quienes comparten nuestros desafíos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Hasta el momento se han celebrado tres sesiones del ciclo, tal y como señala <strong>Alicia Simón</strong>, directora de la Fundación Cortina ICAM. En este reportaje se aborda la primera de ellas, titulada <em>Alzheimer y otras enfermedades mentales</em>, en la que los asistentes pudieron escuchar la experiencia personal del abogado <strong>Endika Zulueta</strong> y contar con la orientación de la doctora <strong>Carmen Terrón</strong>, especialista en neurología, y del psicólogo <strong>Rubén Sebastián González</strong>, quienes ofrecieron herramientas para comprender la enfermedad y el nuevo paradigma al que se enfrenta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Durante este emotivo encuentro, moderado por <strong>Mariola Quesada</strong> —formadora y experta en liderazgo, comunicación, bienestar organizacional y neurofelicidad aplicada—, se creó un espacio seguro y de confianza entre compañeros. Una vez entendida la enfermedad desde un punto de vista científico, también se ofrecieron prácticas y consejos útiles para afrontar situaciones difíciles, como el no sentirse reconocidos por la persona enferma, el duelo o la culpa asociados a enfermedades como el Alzheimer. Esta es la primera causa de demencia neurodegenerativa y afecta significativamente a la población mayor en España.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<iframe title="Primer Encuentro &quot;Historias para superar retos&quot;: ALZHEIMER Y OTRAS ENFERMEDADES MENTALES" width="696" height="392" src="https://www.youtube.com/embed/0_7pnhV4EEA?feature=oembed&#038;enablejsapi=1&#038;origin=https://www.otrosi.net" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe>
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<p class="wp-block-paragraph">Tal y como explicaron los expertos en salud mental presentes en el taller, conocer estas herramientas permite mantener el equilibrio emocional, algo imprescindible tanto para la vida personal como para ejercer con eficacia la labor profesional.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para la doctora <strong>Carmen Terrón</strong>, “ha sido un honor participar en el ciclo de encuentros <em>Historias para superar retos</em>, gracias a la amable invitación de Endika Zulueta. Además de mi trabajo asistencial como neuróloga especialista en deterioro cognitivo, mi labor como coordinadora del Grupo de Estudio de Neurogeriatría de la Sociedad Española de Neurología es la divulgación, investigación, docencia y cuidado de las patologías neurológicas de la persona mayor”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“La última década ha supuesto un cambio de paradigma en el concepto mismo de la enfermedad de Alzheimer. Actualmente sabemos que es una patología con una larga evolución, cuyos cambios patogénicos cerebrales se inician hasta décadas antes del desarrollo del deterioro cognitivo. Por eso debemos dejar de asimilar enfermedad de Alzheimer a deterioro cognitivo y, por supuesto, a demencia, término en desuso por su carga estigmatizante”, comenta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A su juicio, “el mejor conocimiento de la enfermedad nos ha permitido desarrollar otras áreas, como por ejemplo un amplio conocimiento acerca de la potencialidad de la prevención del deterioro cognitivo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta especialista subraya que “los datos actuales indican que aproximadamente el 50% de los casos de demencia podrían evitarse promoviendo factores que favorecen la resiliencia cerebral —como el nivel educativo, la actividad física, el tratamiento de la pérdida auditiva y visual, o la actividad social—, y reduciendo factores lesivos para el cerebro, como el tabaquismo, el consumo excesivo de alcohol, la depresión, los factores de riesgo vascular (hipertensión arterial, diabetes, hipercolesterolemia y obesidad), la contaminación o los traumatismos craneoencefálicos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, adelantó que “próximamente se va a producir un cambio importante en el tratamiento de las personas que presentan enfermedad de Alzheimer, con la llegada de las primeras terapias modificadoras de la enfermedad”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Hay que atender al enfermo</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, <strong>Rubén Sebastián, psicólogo especialista en neuropsicología</strong>, explicó que “en la charla abordamos tres aspectos. Uno de ellos fue la prevención, donde es fundamental implementar estrategias en nuestra rutina cotidiana, por dos motivos: en primer lugar, porque son eficaces para retrasar la aparición de síntomas relacionados con el deterioro cognitivo y, en segundo lugar, porque son sencillas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Las principales acciones que se pueden recomendar son incrementar el ejercicio físico, favorecer el mantenimiento y fortalecimiento de redes sociales, y el aprendizaje de nuevas habilidades, como formarse en una nueva disciplina, aprender un idioma, bailar o emprender nuevas aficiones. En general, todas las acciones a lo largo de la vida que mejoren la salud y las oportunidades económicas, sociales y educativas tendrán potencialmente consecuencias positivas. No debemos olvidar que todas estas acciones también repercuten de forma favorable en el estado de ánimo”, destacó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otra de las cuestiones abordadas fue la neuropsicología: “Estamos hablando de la disciplina que trata de comprender la relación entre la conducta que somos capaces de desplegar y lo que ocurre en nuestro cerebro”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“En el ámbito clínico, los neuropsicólogos tenemos una doble función: por un lado, realizar una evaluación neuropsicológica orientada a determinar la presencia o no de un deterioro cognitivo y, en su caso, establecer el perfil de alteraciones (en la memoria, la atención, el lenguaje, etc.), de manera que ayude al neurólogo en el diagnóstico preciso. Por otro lado, conducir un proceso de rehabilitación cognitiva, dirigido principalmente a optimizar la funcionalidad y autonomía del paciente, pero también a preservar, en la medida de lo posible, el rendimiento cognitivo y favorecer la condición anímica, entre otros propósitos”, resaltó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También indicó que “es esencial que, en este proceso de rehabilitación y entrenamiento cognitivo, se utilicen estrategias de intervención basadas en la evidencia”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al final de su intervención, Rubén Sebastián compartió una serie de recomendaciones prácticas dirigidas a familiares o cuidadores de personas con deterioro cognitivo. Entre ellas, subrayó la importancia de mantener una rutina diaria estructurada, que incluya ejercicio físico, relaciones sociales y actividades variadas que estimulen al paciente desde diferentes ámbitos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Destacó también el uso de dispositivos de geolocalización como herramienta útil para preservar, en la medida de lo posible, la autonomía de la persona dentro de su entorno social más próximo, aportando seguridad tanto al afectado como a sus cuidadores.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otra estrategia que señaló fue la técnica del aprendizaje sin errores, útil para favorecer el recuerdo de información sin someter al paciente a situaciones frustrantes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Finalmente, abordó cómo actuar ante la anomia —la dificultad para acceder a una palabra concreta—, proponiendo como recursos describir el término de distintas formas, hacer gestos relacionados o sugerir palabras con significados próximos. En todo caso, insistió en que lo más importante en estos momentos es mantener una comunicación fluida y natural. “No se trata de poner a prueba su capacidad, sino de facilitar el intercambio. Si sabemos qué palabra está buscando, podemos decírsela sin miedo a estar perjudicándolo”, concluyó.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="752" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-1-1024x752.jpeg" alt="" class="wp-image-18536" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-1-1024x752.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-1-300x220.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-1-768x564.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-1-696x511.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-1-1068x784.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-1.jpeg 1200w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>“Soy cuidador de mi madre”</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El abogado Endika Zulueta</strong> compartió con el auditorio cómo compagina su trabajo como abogado con la ayuda que presta a su madre, aquejada de Alzheimer, una situación que, directa o indirectamente, afecta a un porcentaje altísimo de la población. “Acudo a cualquier foro en el que pueda contribuir aportando mi experiencia personal”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Hace un par de años pasé todo un verano a solas con mi madre y me pregunté qué actividades podía realizar con ella, asumiendo mi incapacidad personal para llevar a cabo todo tipo de actividades manuales”, comenta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Como abogado penalista, creo tener cierto manejo de la dialéctica, y comencé a hacerle entrevistas para que explicara cómo se ve el mundo desde el planeta al que se ha ido a vivir. Así nació <em><a href="https://www.youtube.com/@PlanetaAlzheimer">Planeta Alzheimer</a></em>, un proyecto con el que, entre otros objetivos, pretendo servir de ayuda a otras personas que se encuentran en mi situación”, añade.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde ese doble papel de abogado y cuidador de su madre, Endika Zulueta explica a <em>Otrosí</em> que “no soy quién para dar consejos a nadie, pero sí me atrevo a compartir algunas reflexiones personales”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Debemos intentar pasar por este mundo poniendo un grano de arena para que sea un poquito mejor y, obviamente, disfrutar con ello. En ese contexto, tenemos que cuidarnos unas personas a otras, y también autocuidarnos”, comenta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A su juicio, “las personas con deterioro cognitivo necesitan ayuda constante. No tenemos que verlo como un trabajo, es una satisfacción”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su opinión, “está acreditado científicamente que cuando ayudamos a los demás el cerebro genera sustancias químicas que nos hacen sentir bien y refuerzan el comportamiento altruista, como la oxitocina (la hormona del amor), la dopamina, la serotonina y las endorfinas. Es un fenómeno que se conoce como el ‘efecto del ayudante’. Además, contribuir al bienestar de los demás fortalece nuestra autoestima”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También añade que “las personas que nos dedicamos a la abogacía ya sabemos de esto. Tenemos una profesión que, en gran parte, es de ayuda a los demás, un auténtico privilegio. Se trata de aplicar nuestra propia experiencia al cuidado de las personas más queridas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otro consejo que ofrece este penalista a la comunidad legal tiene que ver con el autocuidado: “Para poder cuidar bien, tenemos que procurar cuidarnos, tanto en el ámbito físico como, especialmente, en lo emocional. Es fundamental”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“En este punto me gustaría enfocarme en el tema del reconocimiento. Cuando la persona con alzhéimer no te reconoce, entras en shock. Tu madre no sabe que tú eres su hijo, pero tú sí sabes que ella es tu madre. Debemos hacer el duelo respecto a una persona que sigue a tu lado, comenzando por la aceptación. Todo es un poco loco”, indica.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A su juicio, “cuando tomas conciencia de que la necesidad de reconocimiento es algo que te preocupa a ti, y a tu ego, y no al familiar —a quien puede resultarle indiferente—, el tema se relaja. Ahora, cuando mi madre me pregunta ‘¿tú quién eres?’, yo sonrío y le digo ‘pues no sé, ¿y quién eres tú?’, y se cambia de tema inmediatamente”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para este jurista, “otro tema importante es la culpa. Es muy común entre los familiares sentirse culpables, ya sea por considerar que no se ocupan lo suficiente o por empezar a pensar en internar al familiar en un centro”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su opinión, “hemos de pararnos y reflexionar partiendo de algunas premisas: siempre nos va a parecer que hacemos poco, porque ciertamente siempre se puede hacer más, pero debemos tomar seria conciencia de que, como en cualquier situación de la vida —en especial en las más delicadas—, hacemos lo que podemos con las herramientas que tenemos. Eso nos va a relajar”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Igualmente, el bienestar del otro no puede estar por encima del nuestro. Eso es emocionalmente insostenible. Hay muchas personas cuidadoras rotas, especialmente mujeres —que merecen una mención especial, pues son las que mayoritariamente adoptan el papel de cuidadoras principales—, que, si bien pueden ser admirables, hacen un flaco favor a la persona necesitada de cuidados, que nos necesita emocionalmente fuertes”, advierte.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También aclara que “salvo envidiables excepciones, suele surgir el conflicto familiar: no todos aportan lo mismo en recursos de todo tipo, especialmente humanos y económicos, y salen a relucir reproches de todo tipo y chantajes emocionales”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Algunos dicen que debemos ‘devolver’ lo que el familiar hizo por ti, especialmente entre padres e hijos. Yo creo que nadie tiene que ‘devolver’ nada. Creo que es momento de respetar cada postura individual, intentando no juzgar la de los demás, por incomprensibles que nos parezcan”, comenta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Endika, “las personas se posicionan ante los conflictos de la manera que quieren y que pueden, y nadie es quién para exigir conductas diferentes. Creo que los recursos que dediquemos al cuidado de nuestros familiares deben provenir únicamente del amor, y no del merecimiento; no hay deudas que saldar”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su opinión, “los letrados que nos dedicamos a la abogacía penal sabemos que no debemos juzgar la actividad realizada por nuestros clientes, pues para eso deberíamos estar en sus zapatos. Creo que eso mismo debemos intentar aplicar a nuestras relaciones personales: no juzgar a nuestros familiares e intentar que no nos afecten sus juicios de valor”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para este jurista, lo mejor para cuidarse es viajar: “Y yo sugiero viajar. Viajar todo lo que se pueda. Viajar abre los sentidos, la mente y el corazón. Es una actitud vital que, cuando volvemos, debemos incorporar a nuestra cotidianeidad”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “aumentamos así nuestra capacidad de ayuda a los demás (y de autoayuda), lo que va a repercutir positivamente tanto en nuestro trabajo como en la relación con las personas que precisan de nuestra ayuda, ya sea en el ámbito profesional o en el familiar”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="606" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-2-1024x606.jpeg" alt="" class="wp-image-18537" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-2-1024x606.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-2-300x178.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-2-768x454.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-2-696x412.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-2-1068x632.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Ciclo-Historias-para-superar-retos-2.jpeg 1200w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
<p>La entrada <a href="https://www.otrosi.net/fundacion-cortina-historias-retos-salud-mental/">“Historias para superar retos”: una propuesta de la Fundación Cortina ICAM para mejorar la salud mental de la abogacía madrileña</a> se publicó primero en <a href="https://www.otrosi.net">Otrosí</a>.</p>
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		<title>¿Compliance contra el acoso escolar? Juristas proponen en el ICAM su aplicación en los colegios como herramienta preventiva</title>
		<link>https://www.otrosi.net/compliance-acoso-escolar-icam/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 26 Mar 2025 11:50:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
		<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Compliance]]></category>
		<category><![CDATA[Infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Penal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La iniciativa ha sido impulsada por el abogado Carlos Gómez-Jara y refrendada por el magistrado del Supremo Vicente Magro, ponentes del evento organizado por las secciones de Infancia y Penal del ICVAM</p>
<p>La entrada <a href="https://www.otrosi.net/compliance-acoso-escolar-icam/">¿Compliance contra el acoso escolar? Juristas proponen en el ICAM su aplicación en los colegios como herramienta preventiva</a> se publicó primero en <a href="https://www.otrosi.net">Otrosí</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La posibilidad de aplicar programas de <em>cumplimiento</em> en los centros escolares como vía para prevenir el acoso y establecer mecanismos eficaces de denuncia y control fue el eje central de una jornada celebrada este martes en el Colegio de la Abogacía de Madrid. La propuesta, impulsada por el abogado Carlos Gómez-Jara y refrendada por el magistrado del Supremo Vicente Magro, parte de la normativa ya existente, como la Ley 8/2021 y el artículo 31 bis del Código Penal, y plantea una aplicación directa al ámbito educativo. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Durante el encuentro, organizado por las Secciones de Infancia y Derecho Penal del ICAM, se abordó también la posible responsabilidad penal de los centros que no adopten protocolos de prevención eficaces. En la presentación, María Giráldez de Luis, copresidenta de la Sección de Infancia y Adolescencia del ICAM, puso también el foco en la creación de los Juzgados de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, el fundamento y la competencia en materia de acoso escolar con la llegada de la Ley 1/2025, que introduce los tribunales de instancia. También destacó la doble posición de garante que asume el Coordinador de Bienestar y Protección, así como la necesidad de aplicar el <em>compliance</em> como herramienta para frenar el acoso en el ámbito escolar.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los ponentes fueron juristas de primer nivel: <strong>Vicente Magro</strong>, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, miembro del Observatorio de Violencia de Género del CGPJ desde 2002 y <a href="https://web.icam.es/vicente-magro-y-cristina-sancho-ganadores-de-los-ii-premios-de-igualdad-y-liderazgo-del-icam/">flamante ganador del premio Igualdad “Belén Landáburu y María Telo” del ICAM</a>; <strong>Fermín Javier Echarri</strong>, magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional; y <strong>Carlos Gómez-Jara</strong>, profesor titular de Derecho Penal, abogado e impulsor de esta propuesta para implementar programas de cumplimiento normativo en los centros educativos. Todos ellos explicaron cómo se podrían aplicar estos principios en la práctica de forma efectiva y eficiente.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<div class="youtube-embed" data-video_id=""><iframe loading="lazy" title="Sección Infancia La nueva responsabilidad penal de los centros educativos por acoso escolar" width="696" height="392" src="https://www.youtube.com/embed/W1-u6F-NSTQ?feature=oembed&#038;enablejsapi=1" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></div>
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<p class="wp-block-paragraph"><strong>«Estamos hablando de la vida de nuestros hijos»</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Vicente Magro</strong> felicitó a Gómez-Jara por la idea de elaborar un protocolo frente al acoso escolar: “Se trata de que todos los centros educativos del país ejecuten la Ley 8/2021 de protección a la infancia. Estamos hablando de la vida de nuestros hijos. Muchos de ellos se han suicidado por no soportar el acoso escolar. Creo que debería organizarse un congreso para estudiar a fondo esta problemática, en la que los centros escolares no hacen nada y el propio niño no ha tenido fuerza para decírselo a sus padres. Su silencio impide a veces la persecución de estos hechos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El propósito, subrayó Magro, es “sacar a la luz esta problemática. Hay muchos niños y niñas en toda España que están siendo acosados por otros menores que se agrupan para maltratar al diferente. No denuncian porque tienen miedo a que el acoso escale a algo más grave, por eso callan. Los juristas sabemos que esto se podría haber evitado. Hay que tomar las medidas adecuadas para frenar esta lacra del acoso escolar. Estas prácticas son como la violencia sexual o de género: son de tracto sucesivo. Tenemos herramientas y soluciones para evitarlo, sin duda”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Magro, “en la Ley 8/2021 se habla de impulsar programas de prevención frente al acoso escolar y de contar con un coordinador de prevención, tal y como señala el artículo 35, así como de la obligación de definir protocolos de actuación. Han pasado cuatro años y aún no se han puesto en marcha estos protocolos. En otros ámbitos, el acoso está muy perseguido: el acoso sexual en la empresa se castiga con el artículo 173.1.3º del Código Penal; el <em>stalking</em>, con el 172 ter del CP. Sin embargo, el acoso escolar solo se sanciona con responsabilidad civil del centro o de los padres de los menores acosadores, que si son menores de 14 años son inimputables”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18657" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Vicente-Magro-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-del-Tribunal-Supremo-miembro-del-Observatorio-de-Violencia-de-Genero-del-CGPJ-y-ganador-del-premio-de-Igualdad-del-ICAM-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Vicente Magro, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, miembro del Observatorio de Violencia de Género del CGPJ y ganador del premio de Igualdad del ICAM</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">El magistrado recordó que “en cuatro sentencias de la Sala hemos introducido el concepto de maldad humana también para los menores. El acoso escolar se perpetra en grupo, precisamente para intimidar más al menor”. Según datos de la UNESCO —obtenidos tras un estudio en 144 países entre 2001 y 2017—, uno de cada tres estudiantes sufre <em>bullying</em>. “Los padres, impotentes, no saben a quién acudir. Hay que trabajar en la prevención para que no vuelva a pasar. Tenemos muchos expertos en <em>compliance</em> en España que podrían implementar esos programas de cumplimiento en los centros escolares”, concluyó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su opinión, es fundamental concienciar a la administración pública y a todos los tipos de centros escolares de que “esto es una obligación, porque subyace la responsabilidad penal de la persona jurídica en estos temas por no contar con un programa de cumplimiento normativo. Además, es una cuestión de humanidad: al centro escolar se va para aprender, no para ser acosado. Para aprender en valores y en igualdad. El acoso genera desigualdad. Se ataca a los niños por ser diferentes”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Compliance en centros escolares</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Magro defendió la incorporación del <em>compliance</em> en los centros escolares: “Que todo lo previsto en el artículo 31 bis del Código Penal se aplique también en los centros educativos. Hasta ahora, la responsabilidad civil se derivaba al colegio, que solventaba el caso con la póliza del seguro y se quitaba el problema de encima, al igual que con la responsabilidad civil de los acosadores. Pero esto no puede resolverse con dinero. La responsabilidad civil nunca es la solución a un crimen”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Recordó que el artículo 15 de la Ley 8/2021 establece el deber de cualquier ciudadano de denunciar estas situaciones de acoso, y el artículo 16 impone esa misma obligación a los trabajadores de los centros escolares.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según este jurista, existe la posibilidad de establecer un canal de denuncias en los centros para recoger comunicaciones sobre acoso escolar o sexual. “El canal anónimo abre la vía para que el menor denuncie sin tanta presión. El Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado en febrero de 2025, en su medida 315, habla de diseñar nuevos mecanismos seguros para que los menores denuncien la violencia que sufren. Esta medida puede implementarse a través de los programas de cumplimiento”, explicó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El magistrado recordó que, a partir del 1 de julio, entrarán en funcionamiento las secciones de violencia contra la infancia y la adolescencia, con jueces especializados “que conocerán de estos delitos de acoso escolar y de la derivación de responsabilidad penal al centro que no haya implementado los programas de cumplimiento previstos en el artículo 173.1 del Código Penal. Es una iniciativa muy positiva. Esperemos que se dote de los medios suficientes”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>La inmunidad de los centros escolares</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, <strong>Carlos Gómez-Jara</strong> alertó de que “estamos en un momento crítico. El sistema, tal y como está montado, falla”. Citando datos de la Fundación ANAR, indicó que en un informe de 2022 se señala el acoso escolar como el principal problema que afecta a niños y adolescentes en relación con el suicidio. “Se detecta acoso verbal, físico e incluso aislamiento social. Además, otra estadística apunta a que, después de los accidentes de tráfico, el suicidio es la principal causa de mortalidad entre niños de 8 a 18 años”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, el problema se agrava por la “inmunidad” de los centros escolares: “Si no implementan estos programas, no son sancionados. Eso hay que cambiarlo”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18660" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Carlos-Gomez-Jara-profesor-titular-de-Derecho-Penal-abogado-e-impulsor-de-esta-propuesta-para-implementar-programas-de-cumplimiento-normativo-en-los-centros-educativos-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Carlos Gómez-Jara, profesor titular de Derecho Penal, abogado e impulsor de esta propuesta para implementar programas de cumplimiento normativo en los centros educativos</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Para este jurista, “hay que romper esta inercia. Igual que existen sanciones para las empresas que no garantizan la seguridad de sus trabajadores, debería aplicarse un régimen sancionador para proteger a los menores acosados y comprobar si esos protocolos existen y, si existen, que funcionen correctamente. Por ahora, no hay sanciones. Los colegios resuelven los conflictos con el seguro. Es necesario un cambio de paradigma desde el Derecho Penal, porque es el único marco que puede aplicarse de forma disuasoria, a diferencia del civil”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Gómez-Jara recordó que, con la reforma de la llamada <em>ley del solo sí es sí</em>, que entró en vigor en octubre de 2022, se modificó el artículo 173 del Código Penal en lo relativo al delito de trato degradante, donde se incluye el acoso escolar. “Debería existir un subtipo específico de acoso escolar, igual que existe el de acoso inmobiliario —recogido en el segundo párrafo del 173— o el acoso laboral. En ese artículo 173.1 se introduce también la cláusula de responsabilidad penal de las personas jurídicas, lo que supone que las entidades pueden responder penalmente por todos los tipos de acoso recogidos en esta nueva redacción”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A su juicio, “cuando se aprobó esta reforma, pocos repararon en que podía aplicarse a los centros escolares en casos de acoso. La atención se centró en los programas de <em>compliance</em> en empresas. Pero creo que los abogados podemos dar el paso y presentar las primeras demandas por acoso escolar. Tenemos la obligación moral de hacerlo. Los niños no tienen voz ni voto. Los jueces no pueden actuar de oficio y las fiscalías están más centradas en la responsabilidad del menor infractor, que cuando es menor de 14 años es inimputable”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El fundamento de la responsabilidad penal de los centros escolares ya cuenta con precedentes, como la sentencia de 16 de marzo de 2016 de la Sala Penal del Tribunal Supremo, cuyo ponente fue Manuel Marchena. En ella se subraya la necesidad de contar con programas de cumplimiento eficaces como vía para eximir al centro de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. “Los requisitos están en el artículo 31 bis del Código Penal”, recordó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto a las sanciones, advirtió que, junto con las multas millonarias, el artículo 66 bis del Código Penal prevé la posibilidad de clausurar el centro escolar en casos de reincidencia.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18661" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Javier-Echarri-magistrado-de-la-Sala-de-lo-Penal-de-la-Audiencia-Nacional-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Fermín Javier Echarri, magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Nadie está impune</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Para <strong>Fermín Javier Echarri</strong>, “es evidente que existe una normativa diseñada para proteger a la infancia que no se ha puesto en marcha de forma efectiva”. A su juicio, la nacionalidad de la institución educativa no exime en ningún caso de responsabilidad penal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “los colegios extranjeros con presencia física en España —ya sea mediante delegaciones, sedes, sucursales o cualquier tipo de establecimiento permanente— están plenamente sometidos a la legislación española en materia educativa, penal y sancionadora”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, descartó que los centros educativos extranjeros puedan acogerse a algún tipo de inmunidad frente a la inacción ante el acoso escolar. “No importa si la sede está en otro país, ni si en ese país no existe la figura de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Si actúan en España, deben cumplir con las exigencias normativas y responder ante los tribunales españoles si se producen delitos”, recalcó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A juicio del magistrado, carece de sentido pensar que los centros escolares extranjeros puedan quedar exentos de responsabilidad por hechos de extrema gravedad, como el acoso escolar estructural. “Está claro que, con la reforma de la <em>ley del solo sí es sí</em>, la aplicación del artículo 31 bis a los centros escolares resulta plenamente lógica y viable. Tenemos en España muchos expertos en <em>compliance</em> que podrían contribuir a su implementación inmediata”, afirmó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Coincidió con los otros dos expertos en que “los colegios deben ser espacios seguros, no zonas de impunidad. Es el momento de abordar estos temas desde distintas perspectivas para evitar que esta lacra se generalice y siga siendo un problema grave para los menores acosados y para sus familias, que a menudo no saben cómo actuar ni dónde acudir”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18662" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Maria-Giraldez-copresidenta-de-la-Seccion-de-Infancia-y-Adolescencia-del-ICAM-presenta-la-jornada-La-nueva-responsabilidad-penal-de-los-centros-educativos-por-acoso-escolar-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">María Giráldez, copresidenta de la Sección de Infancia y Adolescencia del ICAM, presenta la jornada &#8216;La nueva responsabilidad penal de los centros educativos por acoso escolar&#8217;</figcaption></figure>
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		<title>Cambios legislativos, sentencias clave y nuevos criterios judiciales: así se ha reforzado la protección frente al despido por enfermedad o vulneración de derechos fundamentales</title>
		<link>https://www.otrosi.net/icam-proteccion-despido-evolucion-normativa/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Mar 2025 13:55:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Análisis]]></category>
		<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Sección de Derecho Laboral del ICAM analiza cómo la normativa actual exige mayor justificación en los despidos y refuerza la protección del trabajador</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El despido se ha convertido en una figura cada vez más compleja dentro del ordenamiento jurídico-laboral español. Los recientes cambios legislativos, la interpretación judicial del derecho a la indemnidad y el impacto del Convenio de la OIT están reforzando la protección del trabajador frente a despidos disciplinarios, objetivos o vinculados a situaciones de enfermedad. En este contexto, la Sección de Derecho Laboral del ICAM, junto a Forelab, reunió a expertos del ámbito judicial y del ejercicio profesional para analizar los efectos prácticos de esta evolución normativa, que exige a las empresas una mayor diligencia a la hora de fundamentar cualquier extinción contractual.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Bajo el título <em>La protección frente al despido y sus efectos prácticos. Actualidad normativa e interpretación judicial</em>, la <strong>magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Ángeles Mostajo</strong>, fue desgranando los principales supuestos de despido y cómo el legislador ha ido reforzando las garantías del trabajador en los últimos años.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mostajo recordó que se han producido varios cambios legislativos en materia de despido en un periodo de tiempo relativamente breve, lo que —según señaló— ha generado ciertas dudas en la gestión de estos procedimientos, tanto en sede judicial como en el ejercicio profesional cotidiano. “El nuevo artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores difiere mucho del anterior. En el caso de las nulidades, el cambio ha sido sustancial, tanto en las provocadas por vulneración de derechos fundamentales como en las nulidades objetivas”, explicó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Respecto a las nulidades por vulneración de derechos fundamentales, indicó que se ha producido un notable incremento de alegaciones basadas en este tipo de infracción. “No queda claro si ese aumento responde a una cuestión de comodidad o de oportunidad procesal. Sin embargo, hay casos evidentes, como cuando se plantea una reclamación y la empresa responde con una represalia. Ahí sí estamos ante un despido nulo claro. Aunque en la práctica, muchos de los casos que llegan a los tribunales presentan luces y sombras. El artículo 6.6 de la Ley 15/2022 nos indica qué se considera una represalia”, apuntó.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
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<p class="wp-block-paragraph">La magistrada advirtió, no obstante, que no se pueden establecer grandes generalizaciones: “Cada caso tiene sus particularidades”. En este sentido, recordó que la Ley 5/2024, en su Disposición Adicional Tercera, introduce una referencia al derecho a la defensa y amplía el concepto de indemnidad, reforzando aún más la protección del trabajador frente a posibles represalias. “Los jueces, ante una alegación de vulneración de derechos fundamentales, damos la oportunidad a la empresa de que pruebe si ha existido o no tal infracción”, añadió.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mostajo insistió en que una vulneración de derechos fundamentales es una cuestión grave que, de probarse, debe conllevar su debida reparación. “Y si no ha habido tal vulneración, también es grave acusar sin fundamento. En cualquier caso, siempre hay una causa para despedir; no se toman decisiones sin motivo”, subrayó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En relación con los despidos relacionados con enfermedad o discapacidad, la magistrada recordó que se trata de situaciones que deben analizarse desde el prisma del artículo 14 de la Constitución, que consagra el derecho a la igualdad y a la no discriminación. Citó una sentencia del Tribunal Constitucional de 2006 que aborda esta forma de discriminación frente a otros elementos de índole social. “Hoy también se puede hablar de discriminación por salud”, apuntó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sobre esta cuestión, explicó que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), a través de una directiva, distingue entre la discapacidad —como una barrera que impide alcanzar ciertos objetivos— y la enfermedad, entendida como una situación más transitoria. “La primera puede estar relacionada con bajas de larga duración. De hecho, el Supremo, en 2008, sostuvo que la enfermedad no tenía la misma protección jurídica que la discapacidad”, señaló.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, Mostajo advirtió que esa concepción debe revisarse a la luz de la Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación, que sí contempla la enfermedad como posible causa de despido nulo. “El trabajador utiliza esa incapacidad temporal para recuperarse de su dolencia. Despedirlo por ello puede ser discriminatorio”, indicó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En estos supuestos, “se genera un despido improcedente donde la causa no está del todo clara. Si se despide a un trabajador alegando una bajada de rendimiento cuando en realidad está de baja por incapacidad temporal, ese despido debe considerarse nulo”, explicó. Añadió que, si la empresa logra probar que no existe conexión entre la enfermedad y el despido, podrá evitarse la vulneración de derechos fundamentales y analizar el caso desde otras causas más objetivas.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18610" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Angela-Mostajo.-Magistrada-de-la-Sala-de-lo-Social-del-Tribunal-Superior-de-Justicia-de-Madrid-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Ángela Mostajo. Magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El caso</strong> <strong>Ca Na Negreta</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La ponente se refirió también a la conocida sentencia <em>Ca Na Negreta</em> del TJUE: “La trabajadora implicada estaba de baja por IT y agotó el plazo máximo. En estos casos, el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores establece que se produce la extinción del contrato. A partir de ahí, se procede a una calificación, y cuando esta se emite, se le reconoce una invalidez permanente para su profesión habitual. Por mi experiencia como juez, en la mayoría de los casos las personas con este tipo de invalidez no quieren seguir trabajando, lo cual es lógico, porque se encuentran mal. Solo en toda mi carrera me he encontrado con un caso en el que la persona sí quería continuar trabajando”, relató.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En dicha sentencia, se afirmaba que la trabajadora, debido a su situación de salud, estaba bloqueando el acceso al empleo a otros profesionales. “No se le adaptó su puesto de trabajo, y se consideró que se había producido un despido”, recordó Mostajo. Añadió que actualmente está en tramitación en el Congreso un proyecto de ley para evitar este tipo de situaciones. “Será el trabajador quien tenga que solicitar la adaptación del puesto, y el empresario dispondrá de unos plazos para realizarla. Esos plazos podrían generar conflictividad en el futuro. También habrá que ver en qué términos se articula ese derecho del trabajador a solicitar dicha adaptación”, señaló.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para la magistrada, “ya estamos ante un supuesto de despido sobre la mesa que no es pacífico, precisamente por las cuestiones que estamos comentando. Esperemos que se apruebe una norma que lo regule, porque actualmente faltan plazos claros, y eso es algo que habrá que consensuar. En este contexto, es fundamental despedir con causa, hacer las cosas bien y evitar la litigiosidad”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mostajo advirtió también sobre el riesgo para las empresas de suspender contratos antes de recibir resolución judicial sobre este tipo de situaciones. “El puesto de trabajo sigue protegido, aunque aún no sepamos cuál será la postura definitiva de la Seguridad Social”, concluyó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otro de los temas abordados fue la idoneidad de la indemnización prevista en el Estatuto de los Trabajadores para los despidos improcedentes. “Que el Estatuto fije una indemnización es beneficioso para ambas partes, ya que ofrece un marco claro desde el que negociar. Eso no impide que, en muchos casos, se pacten cantidades superiores a los topes legales”, explicó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, recordó que recientemente se ha dictado una resolución que plantea la posibilidad de una <em>indemnización adecuada</em>, incluso al margen de los topes establecidos. “El Tribunal Supremo, no obstante, ha reiterado que la indemnización prevista en la norma es adecuada. Creo que el Comité Europeo ha emitido una recomendación al respecto. Habrá que ver cuál es la posición del Gobierno”, apuntó.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18611" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Fermin-Guardiola-Angela-Mostajo-Roman-Gil-y-Rosario-Romero-participan-en-la-jornada-analizan-proteccion-frente-al-despido-y-sus-efectos-practicos-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Fermín Guardiola, Ángela Mostajo, Román Gil y Rosario Romero participan en la jornada analizan protección frente al despido y sus efectos prácticos</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Sigue habiendo incertidumbres</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Román Gil, vicepresidente de Forelab y socio de Sagardoy Abogados</strong>, uno de los moderadores de la jornada, coincidió en señalar que la protección jurídica frente al despido se ha ampliado y se ha vuelto más compleja. A su juicio, esto se debe tanto al aumento de causas objetivas como al incremento de alegaciones por vulneración de derechos fundamentales, además del debate abierto sobre indemnizaciones adicionales y la cuestión del expediente contradictorio previo. “Despedir se ha convertido en un proceso cada vez más complejo”, afirmó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En este contexto, advirtió, crece la incertidumbre, y en algunos casos concretos despedir podría volverse más costoso. “La magistrada ha abordado la cuestión de la incapacidad temporal como causa nueva de despido. Ya no se trata solo de la discapacidad, sino también de la enfermedad. De este modo, cuando un trabajador se encuentra en situación de enfermedad e IT, se puede generar una presunción de discriminación. En estas situaciones, es imprescindible que las empresas acrediten que las causas del despido son ajenas a cualquier motivación discriminatoria”, subrayó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otra cuestión tratada durante la intervención de la magistrada Mostajo fue el llamado derecho a la indemnidad, cada vez más presente en las demandas presentadas por los trabajadores. Se debatió qué tipo de reclamaciones pueden dar lugar a una presunción de discriminación por esta causa. “Antes era más claro, porque el trabajador tenía que haber ejercitado una acción jurídica. Ahora se ha ampliado a lo que se entiende por queja o reclamación”, explicó, haciendo referencia al artículo 6 de la Ley 15/2022 y a la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 5/2024.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Román Gil también resaltó la complejidad creciente de la obligación de adaptación de los puestos de trabajo, mencionada por la magistrada al referirse a la sentencia <em>Ca Na Negreta</em>. “Todo ello pone de relieve la necesidad de que el legislador actúe para clarificar qué opciones tiene una empresa cuando se encuentra ante un trabajador con incapacidad permanente total o absoluta: en qué plazos debe actuar, qué debe hacer la empresa y cuándo debe el trabajador comunicar su situación. Hay mucha incertidumbre en torno a todo esto, y sería necesaria una regulación clara por parte del legislador. La magistrada ha insistido en que, en este tipo de cuestiones novedosas vinculadas a derechos fundamentales, es imprescindible analizar caso por caso”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18609" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Roman-Gil.-Vicepresidente-primero-y-secretario-de-Forelab.-Socio-de-Sagardoy-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Román Gil. Vicepresidente primero y secretario de Forelab. Socio de Sagardoy</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El Convenio de la OIT vincula</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, <strong>Rosario Romero, abogada, socia de RB Legal y miembro del Comité Asesor de la Sección de Derecho Laboral del ICAM</strong> , explicó al finalizar el evento que “el legislador protege mejor al trabajador en los despidos, de ahí que ahora sea necesaria la audiencia previa en los despidos disciplinarios y que la garantía de indemnidad esté ya integrada legalmente. En situaciones en las que la empresa prevé que el despido puede ser considerado improcedente, realiza cálculos para valorar si le compensa ejecutarlo. Hasta ahora, en nuestro país existía mucha libertad para despedir; ahora no va a ser tan fácil”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “lo que persigue ahora la legislación es que despedir sea cada vez más difícil, con el objetivo de preservar el puesto de trabajo. Así, la interpretación que ha hecho el Tribunal Supremo del Convenio de la OIT ha llevado a que, a partir de esta sentencia, deba realizarse la audiencia previa en los despidos disciplinarios, con el fin de reforzar la protección del trabajador y garantizar que existen causas justificadas. Eso implica que las empresas deban proceder con mayor cautela y fundamentar adecuadamente los motivos del despido”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18608" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Rosario-Romero-abogada-socia-de-RB-Legal-y-miembro-del-Comite-Asesor-de-la-seccion-de-Derecho-Laboral-del-ICAM-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Rosario Romero, abogada, socia de RB Legal y miembro del Comité Asesor de la sección de Derecho Laboral del ICAM</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">En este contexto, “el legislador obliga a justificar cualquier tipo de despido, ya sea disciplinario u objetivo. El papel de los abogados en este escenario es clave: deben ayudar a las empresas a definir bien las causas del despido, en caso de que sea necesario llevarlo a cabo, para evitar que se judicialice y que, llegado el caso, en vía judicial pueda resultar más costoso o incluso conlleve la readmisión del trabajador en caso de declararse la improcedencia”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La ponente —explica Romero— ilustró su intervención con varios ejemplos prácticos y advirtió que los jueces estudian cada caso en función de los hechos y las alegaciones que presenten tanto las empresas como los trabajadores.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Sección de Derecho Laboral del ICAM, una de las más activas del Colegio, prepara ya su próxima cita: el lunes 31, a partir de las 16:00 horas, en colaboración con la Sección de Igualdad, organizará una mesa redonda sobre el uso del <em>compliance</em> laboral y los protocolos contra el acoso y de inclusión LGTBI que las empresas deben implementar.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Ante la última normativa aprobada, las empresas están obligadas a disponer de estas herramientas para frenar esta lacra. Somos conscientes de que este tipo de formaciones son clave para que las compañías adapten sus estrategias a la legislación vigente, que es de obligado cumplimiento en materia laboral, so pena de enfrentarse a sanciones importantes”, concluyó Romero.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="575" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-1024x575.jpg" alt="" class="wp-image-18612" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-1024x575.jpg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-300x168.jpg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-768x431.jpg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-1536x862.jpg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-2048x1149.jpg 2048w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-696x391.jpg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-1068x599.jpg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-1920x1077.jpg 1920w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/DSC04093-1320x741.jpg 1320w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
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		<title>De despacho a asesoría interna: los abogados in-house saben gestionar mejor su tiempo de trabajo</title>
		<link>https://www.otrosi.net/abogados-inhouse-transicion-empresa/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Mar 2025 09:48:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
		<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Iniciación profesional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cada vez más profesionales optan por el mundo in-house, donde la visión global del negocio y la toma de decisiones estratégicas priman sobre la especialización extrema</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La asesoría jurídica de empresa se ha convertido en una alternativa cada vez más atractiva para los abogados que buscan un mayor equilibrio entre su vida profesional y personal, un rol más estratégico dentro de las compañías y una menor dependencia del modelo tradicional de facturación por horas. La transición del despacho a la empresa no solo implica un cambio de entorno, sino también de mentalidad: frente a la especialización extrema de los grandes bufetes, en el ámbito corporativo se valora la visión global del negocio, la capacidad de adaptación y una toma de decisiones más ágil. Sin embargo, no todos los perfiles encajan en este modelo y la transición exige preparación, redefinición de habilidades y un conocimiento profundo de las dinámicas internas de la empresa.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>¿Cómo dar el paso de salir de un despacho para incorporarse a una asesoría jurídica de empresa?</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Durante una sesión organizada por la Sección de Iniciación Profesional del ICAM, cuatro profgesionales que han hecho esa transición compartieron su experiencia y explicaron cómo se han adaptado a esta nueva forma de ejercer la abogacía.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-2-1536x861-1-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18490" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-2-1536x861-1-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-2-1536x861-1-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-2-1536x861-1-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-2-1536x861-1-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-2-1536x861-1-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-2-1536x861-1-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-2-1536x861-1.jpeg 1536w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">En la presentación, <strong>Celia Herrero, presidenta de la Sección</strong>, recordó que este es uno de los temas contemplados en el Plan Impulso a la Abogacía Joven, ya en marcha. “Es importante saber qué piden de ti las empresas como abogado y de qué manera puedes encajar en una u otra organización. La transición de un despacho de abogados a una empresa tiene sus tiempos, y hay que conocerlos”, apuntó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El debate fue moderado por <strong>Guiomar Goena, socia de F&amp;B Consultores,</strong> quien introdujo preguntas a los juristas invitados: D<strong>aniel Martínez, asesor jurídico laboral en Moeve</strong>; <strong>Joaquín Herán, abogado senior en Iryo</strong>; <strong>Regina Mozo de Rosales, senior corporate counsel en Olympic Broadcasting Services, S.L.U</strong>.; y <strong>Leyre López, legal counsel en Repsol</strong>.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<iframe loading="lazy" title="Secc. Iniciación Profesional - Más allá del despacho: cómo dar el paso al mundo corporativo" width="696" height="392" src="https://www.youtube.com/embed/zZV7bMFJnok?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe>
</div></figure>



<p class="wp-block-paragraph">A lo largo del encuentro, enriquecido con preguntas del público, se profundizó en las diferencias estructurales y funcionales entre el ejercicio en un despacho y el rol in-house. También se abordaron estrategias para acceder a posiciones en el ámbito corporativo, incluyendo procesos de selección y posicionamiento profesional.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otras cuestiones tratadas fueron las habilidades y competencias esenciales para desenvolverse con éxito en una empresa, el papel del abogado in-house —sus funciones, la relación con otros departamentos y con despachos externos—, así como las perspectivas de desarrollo profesional y formación en el mundo corporativo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Como introducción, Guiomar Goena señaló que un estudio realizado por su consultora sobre rotación y salarios en el sector legal revelaba que el 40% de los encuestados habían hecho la transición al mundo de la empresa, y que otro 69% estaba dispuesto a continuar en una asesoría jurídica durante más tiempo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, este paso de una profesión a otra “es un viaje en el que el abogado hace distintas paradas hasta llegar a su puesto ideal. En este contexto, es fundamental definir una estrategia para acceder a esos puestos, conocer las competencias que se demandan, entender el día a día de cada empresa y formarse de manera adecuada para incorporarse a este nuevo entorno laboral”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Guiomar-Goena-Irisarri-socia-de-FB-Consultores-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18485" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Guiomar-Goena-Irisarri-socia-de-FB-Consultores-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Guiomar-Goena-Irisarri-socia-de-FB-Consultores-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Guiomar-Goena-Irisarri-socia-de-FB-Consultores-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Guiomar-Goena-Irisarri-socia-de-FB-Consultores-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Guiomar-Goena-Irisarri-socia-de-FB-Consultores-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Guiomar-Goena-Irisarri-socia-de-FB-Consultores-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Guiomar-Goena-Irisarri-socia-de-FB-Consultores.jpeg 1536w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Guiomar Goena Irisarri, socia de F&amp;B Consultores</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">El debate arrancó con la pregunta de por qué dar el salto al mundo de la empresa como asesor jurídico.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Joaquín Herán, que dejó el área de Derecho Público y Derecho de la Competencia en Pérez-Llorca para incorporarse a Iryo, empresa del sector ferroviario, “la oferta me encajaba, me permitía entrar en un sector como el ferroviario, que es apasionante. En los últimos cinco años, desde la liberalización del sector, ha habido cambios notables”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>¿Por qué cambiar a empresa?</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Para este jurista, “desde esta posición legal puedes ser un abogado rompedor y creativo. En este tipo de propuestas, lo principal es hacer una due diligence para saber si encajas en el puesto de trabajo. En mi caso, hice muchas preguntas durante el proceso de selección, tanto al headhunter como a Recursos Humanos, y al final acabé aquí”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, Daniel Martínez, de Moeve, confiesa que su experiencia anterior le ayudó a definir su camino profesional. “Estuve en dos despachos, pero me di cuenta de que no quería ser socio ni esforzarme para ello. Quería más autonomía y flexibilidad en mi tiempo, y creo que en una posición como esta lo he logrado por el momento”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18486" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Daniel-Martinez-Cardoso.-Asesor-Juridico-Laboral-en-Moeve.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Daniel Martínez Cardoso. Asesor Jurídico Laboral en Moeve</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Regina Mozo recuerda que salir del despacho para incorporarse a una empresa audiovisual vinculada a los Juegos Olímpicos fue una decisión meditada. “Estaba en un momento en el que necesitaba tiempo para mí. Tuve miedo al tomar la decisión, pero ahora lo veo de otra manera. Además, si vuelvo al despacho, será porque quiero hacerlo. Hay que darse cuenta de que, si el cambio no funciona, también se aprende de ello”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto a lo que buscan las empresas en los candidatos y el propio proceso de selección, Daniel subraya que “de un cambio que no funcione se puede aprender. Es importante poder demostrar habilidades digitales e idiomas, además del conocimiento del sector y de la empresa que te va a fichar. No basta con un buen currículum. Como antes dijo Joaquín, tienes que hacer tu due diligence, recabando toda la información posible de la empresa en redes sociales, en su web corporativa o en bases de datos jurídicas. Cuanta más y mejor información tengas, mejor”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Joaquín, hay que ser consciente de que “es un cambio total en la forma de pensar en la empresa. En el despacho tienes varios clientes y los tratas de otra forma. En la empresa tienes un único cliente: tu cliente interno. Solo en ocasiones concretas puedes entrar a valorar un competidor. Eso ayuda a focalizar tu trabajo y tu tiempo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “las competencias que adquieres son distintas. Debes darte cuenta de que, en tu empresa, todo es importante. No hay que pensar que hay cuestiones pequeñas. Hay que verlo en su conjunto y conocer a fondo tu nuevo puesto de trabajo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Sobre la especialización del abogado</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto a la especialización, los ponentes no se pusieron de acuerdo. Juristas como Regina Mozo consideran que “el equipo en el que estamos trabajando está volcado en el ámbito audiovisual”. Para Leyre López, en una macroempresa como Repsol, “somos más abogados transversales, debemos conocer lo que hacen nuestros compañeros. Al final, se buscan sinergias entre todos y que te involucres en otras áreas de la asesoría jurídica. Parece que se valora más que seas generalista que especialista”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En este contexto, los abogados in-house desarrollan otras habilidades. Leyre lo señala destacando que “tienes que ser práctico y resolutivo. No puedes decir que algo no se puede hacer. Hay que buscar la mejor solución para el negocio. Al final, te piden una respuesta en un correo sencillo, no demasiado técnico, pero que aporte una solución clara y bien planteada. Eso hace que la dirección cuente con los abogados de empresa a la hora de resolver cualquier problema”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18487" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Regina-Mozo-de-Rosales-Jauregui-Senior-Corporate-counsel-en-Olympic-Broadcasting-Services.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Regina Mozo de Rosales Jauregui, Senior Corporate counsel en Olympic Broadcasting Services</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, Regina Mozo constata que hay muchas diferencias entre ambos entornos de trabajo. “Un abogado en un despacho emite un análisis legal estudiando la legislación y ofreciendo una imagen general del problema, pero desde una posición más cómoda, porque no tiene influencia o presión directa. Si forma parte de una asesoría jurídica, debe implicarse y encontrar una solución legal comprensible para que el asunto se resuelva”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Daniel Martínez, asesor laboral de Moeve, lo tiene claro: el asesoramiento in-house debe estar presente en la toma de decisiones. “El abogado in-house debe ayudar en esa decisión y también en su implementación. No eres un stopper, debes facilitar la aplicación de las consultas legales. En este trabajo ves el negocio desde su inicio hasta el final y puedes seguir todo su recorrido. Es un asesoramiento preventivo, porque estás dentro del negocio”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Regina Mozo recuerda que el papel de los abogados in-house, sobre todo a medida que crecen en responsabilidades, les lleva a “formar parte de los consejos de administración o de las secretarías generales, ámbitos a los que los abogados de despacho no suelen acceder. En nuestro caso, es importante que el análisis legal que realizamos esté alineado con el enfoque estratégico del negocio”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Joaquín Herán, “cuanto más te acercas al negocio, eres menos abogado y más analista. Tienes que simplificar tu trabajo legal, ser sintético y práctico. Poco a poco nos adaptamos a las decisiones estratégicas de la empresa”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Un ritmo de trabajo distinto</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto al día a día de estos profesionales, coinciden en que el ritmo de trabajo es más tranquilo y puede estar más controlado por el propio abogado in-house. Para Regina, “el trabajo legal es distinto en cada empresa. Los abogados de empresa deberíamos tener conocimientos de derecho societario y mercantil para entender las decisiones empresariales que se toman”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Joaquín subraya que “el punto diferencial es que el abogado in-house es más dueño de su propia agenda al estar más cerca del negocio. Tiene un mayor control sobre las prioridades y puede organizar mejor su tiempo”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18488" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Joaquin-Heran-Lapausa.-Abogado-senior-en-Iryo.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Joaquín Herán Lapausa. Abogado senior en Iryo</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Daniel lo respalda: “Ya no reporto las horas que dedico, tengo una jornada como cualquier trabajador. No tengo que justificar cada minuto al cliente. Ahora soy especialista en derecho laboral y seguridad social, y las notificaciones me llegan a mí. Aquí el ámbito del día a día es más amplio y todo lo que tengo que hacer depende de mí. Trabajo para cuatro sociedades dentro de la empresa”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Leyre destaca que “hay muchas reuniones, pero puedes llevar una vida más ordenada. En un despacho, el cliente te llama en cualquier momento. En la empresa, hay horarios más racionales y tienes más control sobre tu tiempo. Es fácil planificar el día, porque la jornada laboral está mejor estructurada”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Relación con los despachos externos</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto a la relación con los despachos externos, Daniel Martínez, de Moeve, cree que “depende de la política de cada empresa y de su actividad. En el área laboral, colaboramos con despachos externos en casos concretos, sobre todo en asuntos judiciales, que externalizamos por la carga de trabajo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Leyre López, de Repsol, señala que “no tenemos nada externalizado, pero en situaciones puntuales podemos delegar alguna cuestión concreta. Por ejemplo, en litigios complejos o temas de gobierno corporativo, pedimos un informe detallado y un análisis jurídico que respalde la decisión. Aproximadamente el 90% del trabajo jurídico se gestiona internamente dentro de la asesoría legal de la empresa”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18484" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Leyre-Lopez-Itoiz-Legal-Counsel-en-Repsol.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Leyre López Itoiz. Legal Counsel en Repsol</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, Regina Mozo explica que “nosotros tenemos una iguala con un asesor externo y recurrimos a él para pleitos específicos. Lo hacemos porque la carga de trabajo es importante y no nos permite dedicar 500 horas a un solo tema. Es una cuestión de eficiencia de recursos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los expertos coinciden en que lo fundamental es que “los abogados in-house sepamos cuál es nuestro papel y cómo optimizar la relación con los despachos externos. Es clave establecer una buena organización en esta relación profesional, que en muchos casos resulta determinante”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También tienen claro que, en este escenario laboral, “somos dueños de nuestro tiempo y debemos gestionar las prioridades de manera eficiente. Adquieres la habilidad de manejar tu agenda en función de las necesidades de la empresa, porque es fundamental saber con quién hablar a nivel interno y qué debemos reportar a diario”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-8-1536x861-1-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18489" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-8-1536x861-1-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-8-1536x861-1-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-8-1536x861-1-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-8-1536x861-1-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-8-1536x861-1-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-8-1536x861-1-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-iniciacion-y-abogadia-de-empresa_paso-de-despacho-a-empresa-8-1536x861-1.jpeg 1536w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
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		<title>La irrupción de los MASC y su requisito de procedibilidad convierte al abogado en una pieza clave del sistema judicial que se avecina</title>
		<link>https://www.otrosi.net/la-irrupcion-de-los-masc-y-su-requisito-de-procedibilidad-convierte-al-abogado-en-una-pieza-clave-del-sistema-judicial-que-se-avecina/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Mar 2025 12:24:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Análisis]]></category>
		<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
		<category><![CDATA[Civil]]></category>
		<category><![CDATA[MASC]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La entrada en vigor de la Ley 1/2025 refuerza el papel de la abogacía en la resolución extrajudicial de conflictos y exige un cambio de enfoque en la estrategia legal</p>
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<p class="wp-block-paragraph">La irrupción de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) en el ámbito legal marca un punto de inflexión en la forma en que los abogados gestionan los conflictos, especialmente en el ámbito de familia. Con la entrada en vigor de la Ley 1/2025, que introduce el requisito de procedibilidad en determinadas materias, la abogacía se enfrenta a un cambio estructural que refuerza su papel en la prevención y resolución extrajudicial de disputas. La obligación de intentar un acuerdo antes de acudir a los tribunales redefine la estrategia legal y otorga un papel central a la negociación y la mediación. Sin embargo, la adaptación a esta nueva realidad aún plantea dudas y desafíos que requieren formación y un cambio de mentalidad dentro de la profesión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ante este escenario, la Sección de Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) y la Sección de Familia y Sucesiones del ICAM celebraron una jornada en colaboración con mediaICAM para analizar el impacto de la Ley 1/2025 en los procesos de familia y resolver dudas prácticas sobre su aplicación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La jornada fue inaugurada por la diputada de la Junta de Gobierno del ICAM, <strong>Ester Mocholí</strong>, quien destacó el compromiso del Colegio con la promoción de la mediación como una herramienta clave para la mejora de la justicia en el ámbito familiar.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También comentó la utilidad de la norma para buscar soluciones constructivas ante un litigio formal. “Hay alternativas para los conflictos formales desde los MASC. Se trata de elegir aquel que sea más adecuado”. Al mismo tiempo, recordó que mediaICAM se puso en marcha en 2011 y que ha gestionado 574 expedientes, el 70% de ellos resueltos por acuerdo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Creemos que la mediación familiar es útil, ayuda a mejorar las relaciones de los menores con sus padres y a minimizar el conflicto. Acudir a estos MASC busca impulsar una sociedad más amistosa, con menos asuntos sobrecargados”, añadió.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Rafael Chacón</strong>, abogado de familia, fue el moderador de un encuentro en el que intervinieron <strong>Helena Soleto</strong>, catedrática de Derecho Procesal y copresidenta de la Sección de MASC del ICAM; <strong>Alejandro Sánchez</strong>, abogado de familia y mediador; y <strong>Ana Palomeque Rivas</strong>, responsable de mediaICAM, el centro de resolución de conflictos del ICAM.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Durante sus intervenciones, los expertos analizaron las implicaciones prácticas de la nueva normativa y la importancia de la mediación como mecanismo eficaz para la solución de disputas en el ámbito familiar.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
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<p class="wp-block-paragraph"><strong>“Los MASC no son un problema”</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Ana Palomeque, responsable de mediaICAM</strong>, recordó que la ley está a punto de entrar en vigor. “Donde otros ven amenazas, nosotros vemos oportunidades. La abogacía debe tener un papel importante en el desarrollo de los MASC. Deontológicamente, tenemos la obligación de resolver los conflictos de un lado y de otro con el método de resolución más adecuado a cada asunto en concreto”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para esta jurista, “nosotros no creemos que los MASC sean un problema. Ahora se van a convertir en los compañeros de viaje de la abogacía. Llevamos gestionando MASC desde 2012. Sabemos que la ley tiene algunas lagunas, pero podemos ayudar a entenderla”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Paloma Zabalgo, presidenta de la Sección de Familia del ICAM</strong>, presentó a Rafael Fernández, moderador de la jornada. Su visión sobre la implementación de los MASC es clara: “Tenemos que saber cómo hacerlo porque la ley está a punto de entrar en vigor”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Recordó que los abogados de familia negocian con frecuencia. “Algunos de nosotros somos mediadores. Estamos acostumbrados a negociar en muchos de estos procesos y a buscar, a través de la negociación o la mediación, un acuerdo. Esperemos que, en este nuevo escenario de la procedibilidad, la transición sea poco compleja”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Es evidente, como ha comentado Alejandro Sánchez, que cualquier modificación genera incertidumbre, pero hay que ir hacia esta nueva tendencia que plantea la Ley 1/2025 y ver realmente cómo lo vamos a hacer. Hay que adaptarse a este nuevo escenario, que no es desconocido para nosotros como juristas”, añadió.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta jurista confiesa que “estamos todos preocupados ante estos cambios. Creo que los ponentes han transmitido cierta tranquilidad con todas las preguntas que han contestado, sobre todo en lo que respecta a cómo nos van a afectar estos cambios a la abogacía de familia. Se trata de ver cómo debemos formalizar ese acuerdo con la otra parte para la implementación de los MASC en los asuntos de familia en los que la ley prevé su aplicación”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En este escenario, el papel del letrado de la administración de justicia “va a ser el de revisar si se ha intentado ese acuerdo y si la documentación aportada para justificarlo es la adecuada. Esta no es una cuestión de agilizar la justicia. La justicia no se agiliza con los MASC; como decía Alejandro, se consigue poniendo más jueces y dándoles más recursos para que puedan hacer su trabajo. Los abogados ya venimos haciendo este trabajo en nuestra faceta negociadora. Ahora, lo que debemos saber es elegir el MASC adecuado o valorar si el pleito es el camino correcto para solucionar el asunto de nuestro cliente”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18474" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-2.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El abogado en el centro del debate</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Para <strong>Helena Soleto, copresidenta de la Sección de MASC del ICAM</strong> y una de las juristas que ha participado en la definición de esta norma, concretada tras cuatro años de debates, “la ley que entra ahora en vigor genera un cambio importante en las estrategias de los abogados. Lo que hagan los abogados les vincula a las costas: si no acuden, se les impondrán las costas procesales. La expectación del seminario fue notable por los cambios que se avecinan. Hay que integrar esta legislación. Cuando se entiende mejor, baja la frustración y la incertidumbre del abogado”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “la irrupción de los MASC cambia la forma de trabajar. Un punto positivo es que la nueva norma refuerza de forma notable el papel del abogado como proveedor de justicia. Ahora no se focaliza en el juez, sino que todo se centra en promover los acuerdos. El abogado es el núcleo y debe conocer bien los MASC y su funcionamiento para poder explicar al cliente cuál debe utilizar en determinados casos, en función del pleito”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta experta recuerda que “muchos abogados han querido estos años negociar con la parte contraria, pero se han encontrado con un muro cuando lo han intentado. Esta ley representa una oportunidad para ese acuerdo. El abogado que quería negociar lo seguirá haciendo igual, pero ahora, aquellos que no conocían bien el uso de los MASC o no encontraban la fórmula para negociar, tienen la oportunidad de buscar el acuerdo, con incentivos como las costas para favorecerlo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En temas de familia, donde suele haber más polémica, Soleto indica que “la llegada de los MASC fortalece a los abogados de cara a sus clientes. Ellos ya negociaban, y ahora la norma corrobora lo que hacen. Todavía hay clientes que piden a su abogado que defienda sus intereses de forma agresiva, pero la ley permite al abogado explicarles que es obligatorio intentar un acuerdo y que la cultura del acuerdo está vinculada a las costas. El gran cambio es que el sistema ya no mira con buenos ojos a los abogados agresivos que llevan todo a los juzgados”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para esta jurista, “en familia, la mayoría de los asuntos van a exigir el requisito de procedibilidad, salvo los que están vinculados a filiación o discapacidad. El ámbito dispositivo es amplio en familia, pero los acuerdos deben ser revisados por la fiscalía y el juez. En general, la mayoría de los asuntos relacionados con familia deberán acudir a los MASC. Esta ha sido una de las cuestiones abordadas en el seminario y se ha aclarado. Sin embargo, todavía hay muchos abogados que no creen en los MASC, por unos u otros motivos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otra cuestión que se abordó fue cómo formalizar esa negociación para que quede constancia de ella. “Aconsejo usar profesionales de la mediación o conciliación si hay capacidad económica para ello. En caso de urgencia y falta de recursos económicos, puede bastar una negociación entre abogados. El burofax da fe, al igual que los correos electrónicos con acuse de recibo pueden servir. No se trata solo del requisito de procedibilidad, sino de su combinación con las costas procesales. El intento de acuerdo debe ser de buena fe y no un simple trámite para que tenga efectos económicos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Soleto, “lo mejor es una comunicación no agresiva y amigable con la otra parte para intentar lograr esa negociación. Desde mi punto de vista, la mediación es el producto más completo y de mayor calidad, junto con el derecho colaborativo, dependiendo del asunto. En familia, creo que el uso del derecho colaborativo y la mediación pueden tener mayor utilidad. Al final, se da un mes de plazo para responder, pero si la otra parte contesta antes y rechaza la propuesta, el tema queda resuelto. La negativa a los MASC, aunque luego se gane el asunto, impedirá la recuperación de las costas judiciales”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18475" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-masc-y-familia-2-1.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Hay que negociar de buena fe</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Alejandro Sánchez </strong>es abogado y mediador, formado en mediación familiar en 1993. Compagina el ejercicio de la profesión con la docencia y es responsable jurídico del SOJ en el centro Marian Suárez de la Comunidad de Madrid. “Creo que en el seminario hemos abordado todas las cuestiones que preocupan a la abogacía madrileña. Ahora hay que ponerse a estudiar bien la ley para familiarizarse con los seis MASC que existen, comprender qué es la mediación, el derecho colaborativo y así con todos los MASC. El abogado debe saber a qué MASC dirigirse en función del asunto que debe abordar. Es importante, por ello, conocerlos bien”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “la polémica suscitada surge por el cambio radical que se plantea en la jurisdicción. Ya no se trata solo de acudir al abogado. Los abogados siempre dicen que suelen negociar con la otra parte en todos sus asuntos. En familia es fundamental que las partes hablen y negocien con el apoyo de sus abogados, pero hay que dejar claro que los padres son ellos y que deben asumir esa responsabilidad. Es importante que negocien ellos y, si no son capaces, que acudan a un tercero que les ayude a negociar el asunto que les preocupa. El miedo proviene del desconocimiento, pero llevamos años en esta situación”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para este jurista, “en estos quince días previos a la entrada en vigor de la ley es cuando la abogacía ha empezado a preocuparse realmente por la Ley 1/2025 y el requisito de procedibilidad de los MASC ante cualquier demanda civil y mercantil que se interponga. Ahora somos conscientes de que muchas demandas se han interpuesto antes del 3 de abril para evitar acudir a los MASC. Creo que todo va a ser mucho más relajado. Además, quienes decidirán si la negociación se ha realizado o no, o la propia admisión de la demanda, serán los LAJ. Ahora se pide a los abogados de familia que acrediten lo que ya suelen hacer: demostrar que han intentado negociar”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sobre los asuntos de familia, Alejandro Sánchez recuerda que en temas de filiación no es necesario negociar: “No hay que negociar nada, se reclama y, si no se logra, se puede recurrir a la prueba biológica. O en un asunto urgente, las medidas del artículo 158 del Código Civil en cuanto a medidas provisionales urgentes, como pudiera ser la sospecha de una sustracción del menor por parte de uno de los cónyuges, se trata de una medida urgente en la que no se necesita mediación. Sin embargo, aún existen abogados de familia que prefieren el pleito a la mediación y hablan de reuniones ‘a cara de perro’. Todavía falta una cultura de mediación en todos estos temas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su opinión, “parte de la incertidumbre sobre la aplicación de los MASC o la posible negociación que se ponga en marcha depende del LAJ y de la naturaleza del asunto. Esperemos que se unifiquen planteamientos y criterios tanto en la supervisión de la negociación como en la documentación que acredite que esta se ha intentado o llevado a cabo con un documento firmado por las partes. Desde aquí se podría iniciar el procedimiento judicial. El tema de la confidencialidad es importante; confiemos en que estos asuntos no trasciendan a la vía judicial”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De alguna manera, fomentar la cultura de los MASC contribuye a mejorar la vida tanto de los abogados como de sus clientes. “Los abogados de familia tienen mucho que decir, porque muchos ya realizan negociaciones previas, y ahora, con la implementación de la Ley 1/2025, cuentan con un respaldo legal para utilizar estas soluciones extrajudiciales. De todas formas, en muchos de estos asuntos deben ser las propias partes quienes se pongan de acuerdo, con el apoyo de sus abogados o del mediador o tercero al que acudan”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Como consejo para estos primeros días de entrada en vigor de la reforma procesal que impulsará los MASC, Alejandro Sánchez señala que “es evidente que entramos en una etapa de prueba y error, pero hay que mantener la calma. Es importante negociar de buena fe y no buscar tres pies al gato en este tipo de asuntos. La ley habla de negociar, pero de buena fe. Quien realmente gana en un procedimiento de familia en este tipo de situaciones es la propia familia. Son asuntos que pueden ahorrar dinero y tiempo a las partes”.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.otrosi.net/la-irrupcion-de-los-masc-y-su-requisito-de-procedibilidad-convierte-al-abogado-en-una-pieza-clave-del-sistema-judicial-que-se-avecina/">La irrupción de los MASC y su requisito de procedibilidad convierte al abogado en una pieza clave del sistema judicial que se avecina</a> se publicó primero en <a href="https://www.otrosi.net">Otrosí</a>.</p>
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            	</item>
		<item>
		<title>Ley 1/2025: incertidumbre ante la introducción de la reclamación extrajudicial obligatoria en litigios de consumo</title>
		<link>https://www.otrosi.net/ley-1-2025-incertidumbre-ante-la-introduccion-de-la-reclamacion-extrajudicial-obligatoria-en-litigios-de-consumo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Mar 2025 09:31:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Civil]]></category>
		<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
		<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Consumo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Juristas convocados por la Sección de Consumo del ICAM analizan los cambios normativos que se avecinan</p>
<p>La entrada <a href="https://www.otrosi.net/ley-1-2025-incertidumbre-ante-la-introduccion-de-la-reclamacion-extrajudicial-obligatoria-en-litigios-de-consumo/">Ley 1/2025: incertidumbre ante la introducción de la reclamación extrajudicial obligatoria en litigios de consumo</a> se publicó primero en <a href="https://www.otrosi.net">Otrosí</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La reciente reforma de la Ley 1/2025 introduce modificaciones clave en el ámbito del derecho de consumo, con especial incidencia en la reclamación extrajudicial previa como requisito de procedibilidad. Estas novedades han generado un intenso debate en el sector jurídico, especialmente entre los profesionales que litigan en esta materia. La reforma plantea nuevos desafíos para la abogacía, desde el impacto en los juicios verbales y la obligatoriedad de los MASC hasta el refuerzo de la fehaciencia y el carácter recepticio de las comunicaciones. A ello se suma la introducción de sanciones para las empresas que no atiendan determinadas reclamaciones en sede extrajudicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Convocados por la sección de Consumo del ICAM, expertos en la materia han analizado en profundidad estas modificaciones y su aplicación práctica, desgranando las principales dudas interpretativas y los posibles efectos sobre el acceso a la justicia. Entre los puntos más debatidos, destacan las implicaciones procesales de la reforma, el margen de discrecionalidad judicial en la celebración de vistas y las consecuencias de la nueva regulación sobre las costas procesales y la litigiosidad en el ámbito del consumo.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
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<p class="wp-block-paragraph"><strong>Reforma procesal de calado</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Miguel Guerra, director de Sepín Proceso Civil, abogado y profesor asociado en la Universidad Carlos III Madrid, “esta reforma tiene dos partes: una organizativa, con un régimen transitorio, y otra procesal. Ahora se vuelve a rescatar la Oficina Judicial que fracasó en 2003 y no está implementada del todo. Lo primero que tendrá que hacerse es corregir LexNet para poder presentar de forma adecuada las demandas. A nivel procesal, esta Ley 1/2025 modifica 82 artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil: hay un nuevo juicio verbal, novedades en materia de costas y la entrada de los MASC”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Además, destacó que la reforma también modifica leyes como la LeCrim, la contencioso-administrativa e incluso la de la jurisdicción social o en materia penal. “Según la disposición 38, la norma entrará en vigor a los tres meses de su publicación, lo que supone que será aplicable a partir del próximo 3 de abril. La parte orgánica entra en vigor a los veinte días de su publicación, salvo los tribunales de instancia, que lo harán de forma progresiva a nivel competencial. Con el artículo 19.5 nuevo de la LEC, se puede derivar a mediación en cualquier momento del asunto, incluso para aquellos que ya están en marcha”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Con la reforma, “la celebración de la vista queda a discreción del juez para evitar que siga habiendo un atasco judicial importante. Eso hace que se modifique la mayor parte de los artículos del procedimiento verbal. La admisión depende del LAJ, y deben incluirse los hechos controvertidos, la proposición de los medios de prueba, tanto pericial como testifical, y la solicitud de que se celebre la vista correspondiente. En principio, habría que establecer una reclamación extrajudicial previa antes de interponer la demanda. Ahora la vista es más específica”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sobre las reclamaciones previas obligatorias a las entidades de crédito, Guerra advirtió que es necesario tener cuidado con el nuevo artículo 439 bis, ya que la entidad puede admitir o rechazar la reclamación o indicar que no hay cláusula abusiva. “Habrá costas y hay que tener cuidado. No queda claro cómo se va a aplicar el tipo de interés del 50 % en los dos primeros años ni en qué tipo de pleitos. El abogado debe cambiar el chip cuando haga este tipo de reclamaciones. Creo que la reforma genera cierta desconfianza en la abogacía. Habrá que ver cómo se implementa en el futuro”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Escenario de inseguridad jurídica</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, Adrián Gómez Linacero, Letrado de la Administración de Justicia, apuntó inicialmente que la imprecisión e incoherencia técnica de la reforma legislativa aboca a un escenario inicial de “reprochable inseguridad e incertidumbre, si no arbitrariedad, en tanto en cuanto los requisitos de procedibilidad no aparecen regulados con certeza y presentan innumerables lagunas que pueden convertir esta nueva fase extrajudicial en una verdadera odisea que lastre el acceso a los tribunales”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sobre todo, “particularmente cuando el requerido del MASC no es localizado, no abre la comunicación ni responde (pues la reforma exige comunicaciones recepticias y fehacientes), debiendo prevalecer el principio pro actione y la consabida doctrina del TC y TS según la cual un burofax no retirado por voluntad renuente del destinatario equivale al recibido (presunciones de fehaciencia y recepción)”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“En el concreto ámbito de consumo, destacó que la Disposición Adicional Séptima establece un MASC propio y singular para las acciones individuales de consumidores, consistente en una mera reclamación, que no exige ninguna negociación (sin perjuicio de que las partes la inicien o de que el consumidor opte por otro MASC) y que deben admitirse las reclamaciones por email a los empresarios, especialmente cuando se hubiera pactado en el contrato”, comentó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este experto “enfatizó igualmente que la reforma va a suponer un antes y un después en la forma de concebir los procesos de consumo, que saturaban hasta la extenuación la jurisdicción civil: empresarios que no acataban en vía extrajudicial doctrina reiterada del TS en determinadas materias (cláusulas abusivas, usura…), obligando al consumidor a acudir al Tribunal”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al mismo tiempo, detecta “empresas de consumo (que no abogados) que instrumentalizan al consumidor, en un verdadero mercadeo, y posteriormente el proceso, para lograr las costas; ambas situaciones encajan en el nuevo concepto de abuso del servicio público de justicia, lo que se traducirá en costas elevadas a las empresas que no acaten en sede extrajudicial doctrina reiterada del TS sobre alguna norma imperativa, multas por mala fe y estimaciones de demandas sin costas para aquellas empresas de consumo que rechacen en una conciliación intrajudicial o extrajudicial una solución al litigio que consista únicamente en satisfacer el principal de su cliente, sin abono de costas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El letrado judicial puso de manifiesto cómo el sistema de cuota litis en el mercado del derecho de consumo, basado en retribuir al letrado con las costas, si bien sirve para dar protección a todo consumidor y así salvaguardar el interés general, puede distorsionar el fin del proceso y la defensa del propio consumidor, además de devaluar la función de la abogacía.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Gómez Linacero celebró el nuevo artículo 19 del TRLGDCU, que establece un sistema de penalización por mora en dos tramos (del 50 % y del 20 %) sobre cada fecha de capital dispuesto por el consumidor, cuando el empresario no colabore en la resolución extrajudicial del conflicto en materias en que exista doctrina consolidada del TS sobre cláusulas abusivas. No obstante, considera que sería necesario perfilar el ámbito objetivo de aplicación del precepto, dado que el significado de «efusividad» es acotado y no abarcaría infracciones de otras normas imperativas por causas distintas a la efusividad (información precontractual, falta de conformidad, usura…).</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se discutió, por parte del letrado judicial, la contradicción entre el artículo 5.4 de la LOMESPJ, que permite a los jueces y letrados derivar a un MASC (seguramente conciliación ante el LAJ) de forma unilateral, y el artículo 19.4 de la LEC, que exige mutuo acuerdo entre las partes para fijar, antes de la admisión de la demanda en procedimientos de consumo, una conciliación ante el LAJ cuando la reclamación extrajudicial previa ofrezca visos de acuerdo y exista doctrina clara sobre el objeto litigioso.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Seccion-Consumo_Ley-de-Eficiencia-procesal-1-1536x861-1-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18273" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Seccion-Consumo_Ley-de-Eficiencia-procesal-1-1536x861-1-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Seccion-Consumo_Ley-de-Eficiencia-procesal-1-1536x861-1-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Seccion-Consumo_Ley-de-Eficiencia-procesal-1-1536x861-1-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Seccion-Consumo_Ley-de-Eficiencia-procesal-1-1536x861-1-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Seccion-Consumo_Ley-de-Eficiencia-procesal-1-1536x861-1-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Seccion-Consumo_Ley-de-Eficiencia-procesal-1-1536x861-1-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Seccion-Consumo_Ley-de-Eficiencia-procesal-1-1536x861-1.jpeg 1536w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Adrián Gómez Linacero, Icíar Bertolá y Miguel Guerra</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Situación de los asuntos pendientes</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Vanesa Fernández, abogada experta en derecho de consumo, “sobre esta contradicción que señala Adrián Gómez entre ambos artículos, el 5.4 y el 19.4, como existe contradicción, podría ser que algunos jueces, incluso en aquellos procedimientos que ya están iniciados, o el LAJ o el juez, pudieran derivarnos a un MASC. Esta situación crea notable inseguridad jurídica y, sobre todo, nos plantea qué puede pasar con todos aquellos procedimientos que están en el 101 bis”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En la actualidad, el 101 bis lleva un retraso en la admisión a trámite de la demanda de cuatro a cinco años, “depende del producto que sea. En base a esta contradicción, no queda claro qué va a pasar con estos procedimientos. El 5.4 permite a los jueces y letrados derivar a un MASC de forma unilateral, en cualquier momento del procedimiento, y eso entra en contradicción con el artículo 19.4, que exige un acuerdo entre las partes. El tema está en todos los procedimientos que están pendientes de admisión: ¿qué es lo que pasaría?”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta abogada recuerda que “esa nueva ley solo se aplicaría en los procedimientos que entren en el juzgado a partir del 3 de abril. Pero como el artículo 5.4 permite derivar a un MASC en cualquier momento del procedimiento, la duda es qué van a hacer. No sabemos realmente lo que puede pasar. Los procedimientos iniciados necesitan de un MASC, pero con todos ellos iniciados en el 101 bis, la duda es si se va a aplicar el 5.4 para derivar a MASC en cualquier momento del proceso. Esto va a ser algo que se va a poder discutir. Lo que no sabemos es qué va a pasar con aquellos que aún no se han admitido a trámite; es una reflexión que nos hacemos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “esta ley aplicada a los consumidores genera cierta incertidumbre por lo que estamos hablando, tanto a nivel de entidades como de consumidores. Pero sí que es verdad que, en el caso de que me vaya a un MASC que se encuentra en la Disposición Adicional Séptima, es una reclamación previa. Hacemos la reclamación, pero el banco no contesta o dice que no. El efecto directo que más se percibe es que se alargan los procedimientos y va a depender, de nuevo, de lo que decida la propia banca. Igual le compensa que, en ese momento, le impongan las costas. Habrá que ver realmente qué decisiones toman”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al final, todas estas cuestiones sobre las que reflexiona esta experta en derecho de consumo, Vanesa Fernández, apuntan a que se van a generar más atascos en los juzgados, ya de por sí colapsados, ante estas nuevas dilaciones en los asuntos judiciales. “Al final, se trata de saber qué es lo que va a pasar con esos procedimientos que ya están iniciados. En esos asuntos no queda claro si el juez o el LAJ nos puede derivar a un MASC y qué ocurrirá con los que están pendientes de admisión en el 101 bis. El día 4 de abril no sabemos si el juzgado va a dictar una resolución en dichos asuntos enviándonos a un MASC. Esta cuestión es la que plantea inseguridad jurídica en estos momentos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Bajo el título “Impacto de la LO 1/2025 en el ámbito de los consumidores”, la jornada fue inaugurada por el decano del ICAM, Eugenio Ribón, y moderada por la presidenta de la Sección, Icíar Bertolá.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.otrosi.net/ley-1-2025-incertidumbre-ante-la-introduccion-de-la-reclamacion-extrajudicial-obligatoria-en-litigios-de-consumo/">Ley 1/2025: incertidumbre ante la introducción de la reclamación extrajudicial obligatoria en litigios de consumo</a> se publicó primero en <a href="https://www.otrosi.net">Otrosí</a>.</p>
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            	</item>
		<item>
		<title>Las estrategias inversoras de la banca privada, a la espera de las políticas que impulse Donald Trump</title>
		<link>https://www.otrosi.net/las-estrategias-inversoras-de-la-banca-privada-a-la-espera-de-las-politicas-que-impulse-donald-trump/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Mar 2025 09:49:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Análisis]]></category>
		<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
		<category><![CDATA[Bancario]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Debate en la Sección de Derecho Bancario del ICAM sobre el nuevo escenario económico, con el proteccionismo ganando terreno frente al libre mercado</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Las oportunidades de inversión, los cambios geopolíticos, la evolución de distintos sectores, la marcha de los mercados, los retos de la banca privada en España y en el ámbito internacional, la presión regulatoria y diversos aspectos legales relacionados con esta materia fueron algunos de los temas analizados en una reciente jornada organizada por la Sección de Derecho Bancario del ICAM. El encuentro estuvo moderado por su presidente <strong>José Ramón Couso</strong>, diputado 2º de la Junta de Gobierno del ICAM.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Durante el encuentro, se abordó la creciente regulación a la que están sometidas las entidades financieras, así como el incremento de los departamentos de cumplimiento normativo en estas instituciones. Estas y otras cuestiones fueron analizadas por expertos como <strong>Roberto Scholtes</strong>, CFA, jefe de Estrategia en Singular Bank; <strong>Rosa Duce</strong>, Chief Investment Officer en Deutsche Bank España; <strong>Marián Fernández Rodríguez</strong>, responsable de Estrategia en Andbank España; y <strong>José Ramón Iturriaga</strong>, fund manager en ABANTE Asesores.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<iframe loading="lazy" title="Sección Bancario &quot;Banca, inversión y contexto geoeconómico&quot;" width="696" height="392" src="https://www.youtube.com/embed/jVZu7xVLi1A?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe>
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<p class="wp-block-paragraph">Los ponentes ofrecieron un diagnóstico sobre la situación geopolítica actual. Para José Ramón Iturriaga, “lo que estamos viviendo ahora es <em>business as usual</em>, donde los mercados caen. En este contexto, las expectativas con Trump eran altas y empiezan a defraudar. Frente a ello, la Bolsa europea ha tenido el mejor arranque de los últimos cincuenta años. Son circunstancias interesantes, pero nada dramáticas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para <strong>Marián Fernández</strong>, “hay una palabra que ahora resuena y es incertidumbre. Creo que ahora es algo más extrema. La duda es si lo que estamos viendo de Trump es un cambio mundial. Si creemos que sigue todo igual, nos encontramos con una corrección producto de valoraciones altas. La respuesta de Europa es importante y cohesionada. Habrá que ver en este contexto qué hacemos con los bonos europeos y si habrá más endeudamiento. El papel del dólar está ahí y es el momento de coger un punto de perspectiva”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, <strong>Roberto Scholtes </strong>considera que se ha producido una desconfiguración del orden internacional fraguado desde la Segunda Guerra Mundial, un proceso que se ha venido gestando en la última década. “Lo que vemos es un mundo mucho más fragmentado respecto a los intereses y políticas de los distintos sectores internacionales. En EE.UU., el gran objetivo estratégico es contener a China por su poderío económico, tecnológico y financiero. Ahí estará el pulso a medio plazo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Rosa Duce</strong> subrayó que “hemos pasado momentos históricos peores que los actuales. Desde el primer mandato de Donald Trump, ha habido un cambio en el libre comercio hacia una política de aranceles. Habrá que ver realmente qué es lo que quiere hacer, porque cambia de parecer de forma continuada. Da la sensación de que el mundo será más proteccionista en el futuro, pero no sabemos cuánto más. De momento, Trump ha amenazado mucho con aranceles, pero sus medidas fiscales no han llegado aún. Frente a ello, se ve más ilusión en Europa con el nuevo gobierno alemán. Espero que Europa sepa gastar bien su dinero, está en juego su resurgimiento”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los expertos no creen que la economía de EE.UU. entre en recesión pese a los movimientos de Trump y apuntan a que Europa mantiene una situación de recuperación, ya que todas las economías, salvo la española, estaban en negativo. “Deben acompasarse las políticas fiscal y monetaria. El Banco de España ya ha hablado de elevar dos décimas la previsión de crecimiento, hasta el 2,7 %”, aclaró Marián Fernández.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto a los sectores propicios para la inversión, Roberto Scholtes destacó las posiciones favorables de la renta fija para constituir una cartera a medio plazo que permita obtener retornos superiores a la inflación durante varios años. “Los bonos corporativos están en torno al 3,3 % o 3,4 %. Eso supone tener esas ganancias sin vencimientos largos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, Rosa Duce señaló que “ahora se puede tener una parte de la cartera en renta fija de calidad sobre el 3 % y también se puede ir a otros productos con más riesgos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para <strong>José Ramón Iturriaga</strong>, “que los tipos de interés vuelvan a la normalidad tras haber estado muy bajos en Europa, llegando al -0,5 %, obliga a analizar también a aquellos que se han beneficiado de esos tipos bajos, como el <em>private equity</em> y otros activos líquidos. En España estamos ante el inicio de un tercer superciclo de la economía, en una situación similar a la del año 2000, cuando la economía española brillaba respecto a otras economías europeas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Atracción de inversores</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>José Ramón Couso</strong>, como moderador, introdujo el debate sobre si España estaba en disposición de atraer inversiones extranjeras. Rosa Duce señaló que, para ganar rentabilidad, es necesario asumir cierto riesgo: “A medio y largo plazo, la renta variable te paga, y asumir algo de riesgo es relevante. En ese sentido, el sector industrial y el tecnológico son invertibles. El propio sector bancario debe canalizar todas las inversiones que se hagan”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Roberto Scholtes, la mayor convicción a la hora de invertir “está en el sector sanitario, que está entrando en un superciclo. Después del tecnológico, es el sector que presenta un ciclo de innovación notable, con un uso creciente de la inteligencia artificial, tanto en tratamientos como en el desarrollo de fármacos”. Marián Fernández coincidió con este análisis y añadió que “en el sector de biotecnología hay grandes joyas para invertir, al igual que en defensa, y en China hay oportunidades”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">José Ramón Iturriaga recordó las precauciones que deben tomarse “al invertir en dólares con monedas en euros”. En cuanto a las criptomonedas, señaló que “el bitcoin no creo que sea un activo financiero, pero sí se puede ganar dinero”. Respecto al sector inmobiliario, destacó que “la mejor manera de invertir es a través de empresas cotizadas, como <em>socimis</em> españolas o europeas, lo que permite diversificar la inversión y entrar en los centros de datos y oficinas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Regulación y entorno legislativo</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto a posibles modificaciones legislativas, los expertos subrayaron que “la regulación en el sector bancario está siendo exhaustiva. Es uno de los sectores más regulados de la economía. No creo que los inversores se lean toda la documentación que deben revisar antes de contratar cualquier producto financiero. Los departamentos de cumplimiento normativo han crecido de forma notable en los últimos años. Vamos a ver qué sucede con Trump, porque también ha prometido regulación, y la propia UE se cuestiona aplazar algunos objetivos de sostenibilidad porque el entorno es otro”, indicó Rosa Duce.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para esta experta, “uno de los problemas que tiene Europa es su burocracia, que puede llegar a ser matadora. Es el ejemplo de los fondos <em>Next Generation</em>, que están tardando mucho en implementarse. Todas esas trabas se observan en cualquier país donde los obstáculos para presentar un proyecto financiable están ahí. Eso puede frenar el crecimiento que se espera en países como el nuestro. Sin embargo, creo que hay que regular mejor todo lo relacionado con las criptomonedas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, Marián Fernández incidió en que “es difícil encontrar el punto de equilibrio entre regular y desregular. Hay que recordar lo que pasó en Silicon Valley: si la Reserva Federal no lo hubiera frenado, habríamos tenido serios quebraderos de cabeza. En el sector financiero, sobra regulación, claramente”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Un 2025 volátil con oportunidades en renta fija y oro</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En definitiva, el debate constató que el año 2025 ha comenzado con un mercado positivo pero volátil. El nerviosismo actual en los mercados, provocado en gran medida por los aranceles, la sobrevaloración en determinados sectores y los avances (y sombras) en inteligencia artificial procedentes de China, recuerda que incluso los mercados más sólidos pueden sufrir caídas. En este contexto, surgen numerosas preguntas, pero la primera sigue siendo si es mejor apostar por renta fija o variable.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La regla del 60/40 continúa siendo una referencia clave para los inversores, que ven en la renta fija un pilar fundamental para una cartera equilibrada en 2025. Según los analistas, “la renta fija soberana ha perdido algo de capacidad de descorrelación con respecto a la renta variable, pero aun así debe estar presente en la cartera, precisamente por su función de activo refugio”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, destacan la relevancia del oro en este contexto de creciente incertidumbre geopolítica, especialmente en Europa. “El oro sigue siendo un activo relevante en nuestra opinión y debe tener un peso no despreciable en las carteras, especialmente en las típicas carteras multiactivos con estructuras 60/40 o 40/60. En ese sentido, una combinación de oro, renta fija o renta fija soberana en torno al 5 % y el 10 % parece una estrategia interesante”.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-18278" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/03/Jornada-Bancario-2.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
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            	</item>
		<item>
		<title>El respeto de los derechos humanos de las mujeres es fundamental para construir un mundo más justo y sin desigualdades</title>
		<link>https://www.otrosi.net/obervatorio-derechos-humanos-proteccion-mujeres/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Feb 2025 09:56:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
		<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[DDHH]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Observatorio de DDHH del ICAM cierra su ciclo sobre los derechos de las mujeres con una mesa sobre derechos laborales y derechos humanos</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El respeto a los derechos humanos de las mujeres es fundamental para construir un mundo más justo e igualitario. Bajo esta premisa, el Observatorio de Derechos Humanos del ICAM celebró un ciclo sobre mecanismos internacionales de protección de los derechos de las mujeres, con tres sesiones celebradas a lo largo del mes de febrero.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En la más reciente, <strong>Joaquín Nieto</strong>, director emérito de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y <strong>Mahbouba Seraj</strong>, defensora de los derechos de las mujeres y candidata al Premio Nobel, junto a<strong> Tania García</strong>, presidenta de la Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), expusieron la grave situación de vulneración de los derechos humanos de las mujeres en distintos países.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
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<p class="wp-block-paragraph">Historiadora de formación, Seraj, activista afgana, ofreció una visión directa de la situación en su país, en el que decidió quedarse tras el regreso de los Talibanes para ser testigo de lo que le sucedía a mi país y a su gente, y para trabajar por un Afganistán mejor. Su testimonio aportó una perspectiva clave sobre el tema central del ciclo, destacando cómo en su país «realmente se está pasando muy mal si eres mujer».</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-17771" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-6.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Mahbouba Seraj, defensora de los derechos de las mujeres y candidata al Premio Nobel</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">En este contexto, Parejo subrayó la relevancia de analizar el delito de apartheid de género dentro del Estatuto de la Corte Penal Internacional, describiéndolo como «un delito de persecución en el ámbito del crimen de lesa humanidad». Además, destacó que la APDHE lideró una iniciativa para presentar ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional una solicitud de investigación sobre los crímenes contra las mujeres afganas, a la que se sumaron el ICAM, su Observatorio de DDHH y otros colegios profesionales, incluido el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE). «Es un tema que llevamos ya tiempo trabajando», añadió.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Denuncia pionera</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En la denuncia presentada por la Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE) el pasado 30 de septiembre de 2024 ante la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional, se acusa al Gobierno de Afganistán de crímenes de lesa humanidad por sus leyes y prácticas contra las mujeres y niñas en ese país. Es la única denuncia de este tipo impulsada por una asociación de derechos humanos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Tania García, presidenta de la APDHE, profundizó en el debate al abordar «la protección de los derechos de las mujeres en la justicia penal internacional y la tipificación del delito de apartheid de género». También mencionó la propuesta de modificación del Estatuto de Roma en colaboración con Mahbouba Seraj’s, defensora de los derechos de las mujeres y candidata al Premio Nobel.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Maite Parejo</strong>, copresidenta del Observatorio de DDHH del ICAM, destacó que esta denuncia ha generado una amplia alianza entre la sociedad civil y distintas entidades jurídicas: «Se han unido asociaciones de derechos humanos, la abogacía institucional desde el CGAE y otros colegios como el ICAB, además de algunas asociaciones judiciales y otros colectivos profesionales. Al final, la iniciativa ha logrado aunar a distintos sectores de la abogacía y la fiscalía por un mismo fin. Si quieres que una iniciativa tenga repercusión, debe ser más colectiva». En este sentido, Parejo subrayó la importancia de que «las calificaciones jurídicas sean las correctas» para garantizar la efectividad de las acciones legales emprendidas.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-17772" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-5-1.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Maite Parejo, copresidenta del Observatorio de DDHH del ICAM</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Nuestra interlocutora añadió que una de las principales líneas de trabajo del Observatorio de DDHH, desde su constitución en octubre de 2023, es «impulsar y visibilizar que los derechos de las mujeres son derechos humanos». Este enfoque está en línea con las políticas de igualdad que el ICAM desarrolla a través de la nueva sección presidida por la abogada y experta en relaciones laborales Estela Martín. En este marco, la Cumbre de Mujeres Juristas que organiza anualmente el ICAM también abordará este año la cuestión de los derechos humanos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Parejo, «hay que darse cuenta de que ha habido avances: el sistema de protección de derechos humanos se consolidó tras la Segunda Guerra Mundial, a mediados del siglo XX. En España, la Ley contra la Violencia de Género, que ahora cumple veinte años, fue pionera cuando se aprobó en diciembre de 2004». No obstante, desde su punto de vista, «aunque se ha mejorado bastante, es necesario seguir implementando medidas para reducir la mortalidad de mujeres a manos de sus parejas o exparejas. A nivel global, hay motivos para estar alerta y reforzar el reconocimiento y la protección de los derechos humanos de las mujeres».</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Los derechos laborales delas mujeres</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Estela Martín</strong>, presidenta de la Sección de Igualdad del ICAM, centró su intervención en la entrada en vigor en España del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo y su impacto a medio y largo plazo en la protección de las mujeres frente a la violencia en el ámbito laboral.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo (C190) está en vigor en España desde el 25 de mayo de 2023. No obstante, pese a que han transcurrido casi dos años desde su entrada en vigor, su cumplimiento práctico en las empresas sigue siendo deficiente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Martín subrayó tres puntos fundamentales de este convenio. En primer lugar, «puede bastar una sola vez para considerar que ha existido acoso». En concreto, el artículo 1 del C190 establece que «la expresión ‘violencia y acoso’ en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género».</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-17773" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-4-1.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"> Estela Martín, presidenta de la Sección de Igualdad del ICAM</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Otro aspecto destacado es que «el convenio amplía sustancialmente el alcance de la protección, cubriendo no solo los lugares de trabajo propiamente dichos, sino también otros espacios como desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales y de formación relacionadas con el trabajo». Martín citó como ejemplos «las celebraciones de Navidad, las fiestas o eventos corporativos». Asimismo, el convenio contempla «las comunicaciones relacionadas con el trabajo, incluidas aquellas realizadas a través de tecnologías de la información y la comunicación, lo que abarca situaciones de ciberacoso», así como «los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo».</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por último, señaló que «también se amplían las personas objeto de protección del convenio. No solo protege a los trabajadores, sino también a quienes participan en procesos de selección, como candidatos y becarios, y a trabajadores despedidos».</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su perspectiva, «es fundamental una reflexión profunda sobre el cumplimiento práctico y efectivo del Convenio 190, no solo por parte de las empresas, sino también en lo que respecta a su aplicación en los tribunales de la jurisdicción social». Además, Martín resaltó la importancia de analizar este convenio en relación con «otros instrumentos como los protocolos contra el acoso y el Canal Ético (Canal de Denuncias) establecido en la Ley de Informantes para las empresas obligadas a tenerlo». A modo de ejemplo, señaló la posibilidad de «una denuncia por acoso presentada a través del Canal Ético por una mujer que haya participado en un proceso de selección».</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>La importancia del Convenio 190</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta jurista moderó la intervención de <strong>Joaquín Nieto</strong>, director emérito de la OIT España, quien señaló que «el Convenio 190 y la Recomendación 206 suponen un hito en la lucha contra la violencia y el acoso en todas sus formas en el ámbito laboral. Parten de adoptar y aplicar un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género».</p>



<p class="wp-block-paragraph">«El Convenio núm. 190 y la Recomendación núm. 206 son las primeras normas internacionales del trabajo que proporcionan un marco común para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. El Convenio incluye, por primera vez en el derecho internacional, el reconocimiento específico del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, y establece la obligación de respetar, promover y asegurar el disfrute de este derecho», resaltó Nieto.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-17774" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-3-1.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Joaquín Nieto, Director Emérito de la OIT</figcaption></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Al mismo tiempo, destacó que «el Convenio 190 otorga un marco adecuado para tratar la violencia y el acoso en el trabajo porque no solo se centra en la cuestión de reparación y asistencia a las víctimas, sino que también pone el énfasis en la importancia de la prevención y la protección, buscando garantizar un espacio de trabajo seguro y libre de acoso».</p>



<p class="wp-block-paragraph">«Además, la protección se hace desde un concepto extensivo, ya que no solo quedan protegidos los espacios tradicionales (centros de trabajo), sino que el alcance es muy amplio: eventos o cenas de empresa, acoso por medios electrónicos (ciberacoso), los desplazamientos al trabajo», subrayó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En cuanto a la Recomendación 206, Nieto resaltó que «es cierto que las recomendaciones no son vinculantes, pero sí tienen un valor universal y, en materia de acoso y violencia en el trabajo, la recomendación contiene una guía de aplicación de las medidas y cómo implementarlas».</p>



<p class="wp-block-paragraph">A su juicio, «hay que pensar que el C190 parte de dos premisas: la prevalencia del acoso hacia las mujeres, que son quienes sufren mayoritariamente acoso o violencia, y la importancia de la discriminación por razón de género (se ejerce violencia o acoso por el hecho de ser mujeres)».</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para este experto, «también es muy importante resaltar que el C190 establece que una sola vez puede bastar para poder entender que ha existido acoso».</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, enfatizó la necesidad de «apostar por sistemas preventivos frente al acoso y la violencia en el trabajo para propiciar el necesario cambio cultural en el ámbito laboral que permita acabar con la cultura de la discriminación».</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="574" src="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10-1024x574.jpeg" alt="" class="wp-image-17770" srcset="https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10-1024x574.jpeg 1024w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10-300x168.jpeg 300w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10-768x431.jpeg 768w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10-1536x861.jpeg 1536w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10-696x390.jpeg 696w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10-1068x599.jpeg 1068w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10-1320x740.jpeg 1320w, https://www.otrosi.net/wp-content/uploads/2025/02/Observatorio-DDHH-10.jpeg 1600w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
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            	</item>
		<item>
		<title>Mobbing inmobiliario: Un problema creciente sin respuesta legal clara</title>
		<link>https://www.otrosi.net/mobbing-inmobiliario-un-problema-creciente-sin-respuesta-legal-clara/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Javier Escolano]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Feb 2025 18:50:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Reportaje]]></category>
		<category><![CDATA[Civil]]></category>
		<category><![CDATA[Penal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.otrosi.net/?p=17480</guid>

					<description><![CDATA[<p>Juristas advierten sobre el repunte de esta práctica y piden una reforma en las leyes procesales</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">En las relaciones surgidas en el ámbito de un contrato de alquiler, los desacuerdos entre arrendador e inquilino a menudo pueden alcanzar tal grado de tensión que lleve al propietario de la vivienda a usar la coacción o el acoso para resolver el conflicto a su favor. Sin embargo, este comportamiento puede acarrear responsabilidad penal para el arrendador, como consecuencia de la comisión de un delito de acoso o mobbing inmobiliario o de un delito de coacciones.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La colaboración existente entre la sección Penal que copreside <strong>Rubén Martín de Pablos</strong> con la sección de Arrendamientos Urbanos que preside <strong>Alberto Torres</strong> ha propiciado un debate en el ICAM sobre el mobbing inmobiliario y su problemática. La problemática se analizado desde el punto de vista del gran tenedor, que ha explicado Pilar Catalán como abogada experta en estos temas, y desde la óptica del consumidor, representada por el magistrado Fernando Pinto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Alberto Torres, “el fenómeno del mobbing no es algo nuevo. En alguna de estas relaciones se produce. El colofón es ahora esta jornada que hemos celebrado sobre esta práctica. El problema es el marco legal de la vivienda, donde es necesario reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil y la propia Ley de Enjuiciamiento Penal, así como la ley de Propiedad Horizontal. Esas situaciones de mobbing han repuntado y se debe buscar una solución clara a las mismas”</p>



<p class="wp-block-paragraph">La la problemática de la vivienda, en general  y la de fenómenos como el mobbing o la ocupación en particular requieren “de la necesidad de cambiar el marco normativo existente. Al mismo tiempo hay que construir viviendas de protección oficial, cuestión que no se hace y que genera que nuestro país esté a la cola de Europa en este tipo de cuestiones. El problema es que Gobierno y CCAA no hacen su trabajo y tienen el mercado de vivienda paralizado en estos momentos”, señala Torres.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Código Penal tipifica como punibles este tipo de conductas de acoso inmobiliario. El artículo 172 establece que “el que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados”. Además, “se impondrán las penas en su mitad superior cuando la coacción ejercida tuviera por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cuando estas coacciones de tipo material, personal o social que impiden tener una estancia tranquila en casa pasan a ser más graves, pudiendo ser catalogadas de torturas u otros delitos contra la integridad moral, el Código Penal las pena mediante el artículo 173. Considera punible el hecho de infligir a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral. También entra dentro de este delito el que, de forma reiterada, se lleven a cabo actos hostiles o humillantes, sin llegar a constituir trato degradante, pero que tengan por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El acoso inmobiliario existe</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El magistrado <strong>Fernando Pinto</strong>, letrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, ha publicado recientemente junto a otros tres magistrados un libro que analiza la problemática del acoso desde distintos ámbitos. Su análisis se ha centrado en el acoso inmobiliario o mobbing, del que ha hablado en el ICAM en esta última jornada: “La relevancia penal de estas conductas en el llamado mobbing inmobiliario ahí está. Hay sentencias de jurisprudencia menor, aún no tenemos nada del Tribunal Supremo. El acoso inmobiliario tiene dos vertientes, uno como delito de coacciones y otro contra la integridad moral”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según Pinto, este fenómeno “ha surgido en Norteamérica y luego se traslada a España de una forma diferente, con los contratos de renta antigua. En ese escenario se hace una reforma en el 2010 que introduce ambas modalidades comentadas de acoso inmobiliario, la de coacciones y un delito contra la integridad moral”</p>



<p class="wp-block-paragraph">A su juicio “ las formas de acoso van desde el no mantenimiento de la vivienda, psicológico y se analizan los elementos de ambos delitos. Hay sentencias de Audiencias Provinciales, que llegaron a los juzgados de lo penal. Luego hice referencia a tres sentencias, una condenatoria y dos absolutorias”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para este experto, “la prueba es fundamental en este tipo de relaciones donde se generan tensiones de intereses, el propietario quiere extinguir esos contratos de renta antigua para desarrollar otro tipo de proyectos y el inquilino que se ciñe a su derecho del disfrute de la vivienda y de esa renta antigua. Al final el legislador tuvo claro que en el 2010 había que darle una referencia penal porque algunos casos eran constitutivos de delito, como ha pasado con otras formas de acoso que se han incorporado al Código Penal”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pinto indica que “hay que darse cuenta que el derecho penal tiene una función preventiva, pero tampoco es que las sanciones penales sean muy elevadas con lo cual el efecto disuasorio no está muy claro en este tipo de asuntos de conductas de acoso. También se puede ir por la vi civil y pedirle al propietario que cese en esos comportamientos para que se respete el llamado derecho del arrendamiento. Esta es una cuestión compleja como todo aquello que rodea al derecho a la vivienda en estos momentos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su punto de vista, “el derecho penal intenta proteger al ciudadano en determinadas conductas concretas en relación con su casero. Hay que señalar que los okupas no están protegidos del mobbing inmobiliario con estos tipos penales. Se protege el legítimo disfrute de la vivienda y ese okupa no tiene ningún titulo que avale dicho disfrute y que le habilite para estar en la vivienda. El no puede recurrir en el juzgado que sufre mobbing”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Los propietarios no son tan malos</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, <strong>Pilar Catalán</strong>. abogada de empresa del sector inmobiliario, vinculada a grandes tenedores de la vivienda, señala que el problema del mobbing inmobiliario “se agrava porque hay poca doctrina y jurisprudencia sobre el mismo. Hay casos aislados. No hay fallos del Supremo, hasta ahora son las Audiencias Provinciales las que se han pronunciado. En este caso que he sido parte se ha comprobado que el inquilino quería lucrarse. En este tipo de asuntos suele aparecer la problemática de la actualización de las rentas antiguas que genera debate”</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según refiere esta jurista, “en muchas ocasiones la actitud del gran tenedor no es tan negativa como se vende en los medios de comunicación, ahí los inquilinos en algunas situaciones le dan la vuelta al conflicto con ánimo de lucro. La situaciones de mobbing son escasas en nuestro país, cuando nos encontramos con una querella, los abogados que representan al querellado nos encontramos con inseguridad jurídica porque el tipo no esta claro. Queda bastante abierto a la subjetividad de los jueces de instrucción. Cada caso es un mundo con sus particularidades concretas”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A juicio de esta letrada, “es un tipo poco concreto, creo que no está bien definida esa relación de causalidad en el Código Penal. Es un tipo delictivo donde en muchas ocasiones se reduce a la palabra de uno frente a la otra parte y donde la prueba es fundamental para que se pueda considerar que hay un delito de este tipo. La experiencia que he tenido es que los jueces de instrucción se han centrado en cuestiones civiles que no penales”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De esta manera, prosigue, “no podemos olvidar que una querella es importante porque afecta a la libertad de las personas y no se puede tomar a la ligera. Aquí se mezcla todo, ni los grandes tenedores son tan malos, ni los inquilinos son tan buenos como se pudiera pensar”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su opinión, “en este tipo de asuntos, donde cada uno tiene sus particularidades, es importante saber que existe una herramienta como es la mediación que se puede poner en marcha. Ahora con la reforma de la ley 1/2025 podría desarrollarse más. Sin embargo, en muchas ocasiones se interponen las querellas como medida de presión en materia de mobbing inmobiliario de una a otra parte. Es posible que haya personas que sufran mobbing y otras no. La clave está en acreditar la carga de la prueba de ese asunto, ese elemento es fundamental para que los jueces de instrucción atiendan cualquier posible situación de este tipo”.</p>
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