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	<title>Europa Press, autor en Otrosí</title>
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	<description>Revista del Colegio de la Abogacia de Madrid</description>
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	<title>Europa Press, autor en Otrosí</title>
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		<title>Más de 1.000 mutualistas piden al Congreso una pasarela al RETA justa a través del ICAM</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 May 2026 12:47:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las cartas han sido entregadas este martes en el Congreso de los Diputados por el diputado de la Junta de Gobierno del ICAM Juan Manuel Mayllo</p>
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<p>MADRID, 19 (EUROPA PRESS) Un total de 1.102 abogados mutualistas han remitido cartas a los grupos parlamentarios a través de la campaña &#8216;De abogado a diputado&#8217;, impulsada por el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) para reclamar una pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) «justa, real y sin exclusiones» en vísperas de la decisiva votación parlamentaria sobre la futura regulación del sistema.</p>
<p>Las cartas han sido entregadas este martes en el Congreso de los Diputados por el diputado de la Junta de Gobierno del ICAM Juan Manuel Mayllo, responsable de Justicia Gratuita y Turno de Oficio, como parte de una iniciativa con la que el Colegio busca trasladar directamente a los responsables políticos la situación de miles de abogados que ejercieron durante décadas bajo el sistema mutualista alternativo y que hoy afrontan pensiones insuficientes o situaciones de desprotección social.</p>
<p>«Detrás de cada una de estas cartas hay trayectorias completas de dedicación a la abogacía y, en muchos casos, también al servicio público de la Justicia desde el Turno de Oficio», señala Mayllo.</p>
<p>«Estamos hablando de profesionales que confiaron durante años en un sistema legalmente reconocido y que hoy afrontan una enorme incertidumbre sobre su futuro», añade.</p>
<p>Las misivas remitidas por los mutualistas reclaman una solución «urgente, completa y garantista» y advierten de que la futura regulación solo será una verdadera respuesta si garantiza una pasarela «justa, real y para todos los mutualistas afectados».</p>
<p>Para los participantes en la campaña, «una solución parcial o insuficiente no resolverá el problema», y auguran que «el éxito de esta ley no se medirá solo por su aprobación, sino por su capacidad de no dejar a nadie atrás».</p>
<p>ÚLTIMA LLAMADA ANTES DE LA VOTACIÓN</p>
<p>La campaña se ha articulado a través de una plataforma habilitada por el ICAM para que los mutualistas pudieran dirigirse directamente a los diputados responsables de la tramitación parlamentaria de la norma.</p>
<p>La iniciativa se ha desarrollado en vísperas de la votación sobre la futura pasarela al RETA y ha permitido remitir al Congreso más de un millar de cartas firmadas por abogados y abogadas afectados por el actual sistema mutualista alternativo.</p>
<p>El objetivo, en última instancia, es que los grupos parlamentarios afronten la votación «conociendo de primera mano las consecuencias reales que puede tener la futura regulación sobre miles de profesionales», afirma Mayllo.</p>
<p>«Creemos que era importante que los diputados pudieran leer directamente la voz de los afectados antes de adoptar una decisión que marcará el futuro de muchos mutualistas», concluye.</p>
<p>Por su parte, el decano del ICAM, Eugenio Ribón, considera que las más de 1.000 cartas remitidas al Congreso evidencian que la situación de los mutualistas alternativos, lejos de ser un problema individual o residual, es una cuestión de alcance estructural dentro de la profesión.</p>
<p>«Estamos hablando de abogados y abogadas que desarrollaron durante décadas su carrera profesional dentro del marco legal existente, sosteniendo despachos, prestando servicio público desde el Turno de Oficio y contribuyendo al funcionamiento cotidiano de la Justicia, y que hoy afrontan prestaciones claramente insuficientes tras toda una vida de ejercicio», afirma.</p>
<p>En línea con las aspiraciones del colectivo afectado, Ribón advierte de que la futura regulación «solo será una verdadera solución si responde a la diversidad real de situaciones existentes dentro del colectivo mutualista» y evita generar «nuevas bolsas de exclusión».</p>
<p>Con motivo de la concentración convocada el próximo 23 de mayo en Madrid por distintas plataformas y asociaciones de abogados mutualistas de toda España, el ICAM facilitará de forma excepcional el préstamo de togas a los colegiados y colegiadas que deseen asistir a la movilización.</p>
<p>Las togas podrán retirarse desde el viernes 22 de mayo, a partir de las 13:00 horas, en las salas de togas de los juzgados de Plaza de Castilla, Princesa, Julián Camarillo y Móstoles.</p>
<p>La devolución deberá efectuarse antes de las 15:00 horas del lunes 25 de mayo en el mismo punto de recogida, comprometiéndose cada colegiado a realizar un uso adecuado y diligente de la prenda.</p>
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		<title>El Supremo analiza si los padres pueden recurrir en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 May 2026 12:43:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Fiscalía es partidaria de que solo puedan hacerlo los parientes más íntimos y no grupos o asociaciones sin interés directo</p>
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<p>MADRID, 19 (EUROPA PRESS)</p>
<p>El Tribunal Supremo analiza este martes si los padres pueden recurrir ante los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad y con plenas capacidades, tras un caso en Cataluña donde la justicia apreció que el padre tenía un interés legítimo para reclamar un control judicial de la decisión administrativa.</p>
<p>Lo hará después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo admitiera a trámite el recurso de casación presentado por la Generalitat contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que falló que el padre podía recurrir.</p>
<p>Una cita que además tiene lugar después de que Noelia, una joven de 25 años que sufría una paraplejia, recibiera el pasado marzo en Barcelona la eutanasia que había pedido dos años antes y que tuvo que esperar al pronunciamiento de cinco instancias judiciales por la oposición de su padre, representado por Abogados Cristianos.</p>
<p>La Generalitat argumenta que la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) no contempla ninguna legitimación expresa a terceros para recurrir la concesión o denegación de la misma, «sino que confía el respeto de sus límites al procedimiento de control previsto en forma de dos intervenciones de profesionales de la medicina &#8211;médico responsable y médico consultor&#8211; y después a los miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña».</p>
<p>El Gobierno catalán entiende que el Supremo debe pronunciarse porque la cuestión planteada podría afectar a un gran número de situaciones, detallando que entre 2021 y 2024 se realizaron en Cataluña 824 solicitudes de prestación de eutanasia, de las que se reconocieron 445, un 54% del total, a lo que añade que las peticiones han ido en aumento con la implementación paulatina de la LORE.</p>
<p>Los magistrados entienden que el asunto tiene un interés casacional debido, fundamentalmente, a que todavía no existe jurisprudencia del alto tribunal sobre esta materia, en parte por la reciente vigencia de la LORE, así como a los derechos fundamentales en juego, según un auto al que tuvo acceso Europa Press.</p>
<p>Por ello, quieren «determinar cuáles son los requisitos y circunstancias que permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero con el fin de reconocer su legitimación en un procedimiento judicial en relación con el reconocimiento de la prestación de eutanasia, a instancias de un solicitante mayor de edad con plenas capacidades para decidir sobre su vida».</p>
<p>«Se considera conveniente un pronunciamiento sobre los elementos de delimitación, ponderación y limitación a la intervención de terceros, teniendo en cuenta los criterios asentados tanto por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional como por la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de eutanasia», afirma.</p>
<p>SIN INCAPACITACIÓN NI DIAGNÓSTICO MÉDICO</p>
<p>El caso concreto tiene su origen en una resolución de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña que autorizó la eutanasia solicitada por un hombre mayor de edad que no constaba que estuviera privado de sus capacidades.</p>
<p>El padre recurrió alegando que estaba en juego el derecho a la vida, que tiene una vertiente de obligación positiva del Estado de proteger la vida de las personas, especialmente las más vulnerables, y que su hijo se encontraba en dicha situación, porque padecía problemas de salud mental, y no estaba en condiciones de tomar la decisión de acabar con su vida.</p>
<p>Un juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona inadmitió el recurso del progenitor por falta de legitimación, argumentando que «el mero hecho de que se tratase del padre de quien solicitaba la ayuda a morir no era suficiente para considerar que tenía ese interés legítimo».</p>
<p>También valoró que el padre no había instado en ningún momento «la adopción de medidas de apoyo respecto a la capacidad jurídica» de su hijo, del que destacaba que no había ningún diagnóstico médico que indicara que padeciera una enfermedad mental, por lo que le consideró «una persona mayor de edad, capaz de ejercer de forma libre todos los derechos que la ley le reconoce».</p>
<p>En ese sentido, el juzgado añadió que el hijo «vivía solo y no tenía buena relación con su padre». «De hecho, en el expediente de solicitud de la prestación pidió que no se comunicase la existencia del procedimiento a ningún familiar o persona cercana», apunta el Supremo.</p>
<p>FAVORECER UN CONTROL JUDICIAL</p>
<p>Tanto el padre como la Fiscalía recurrieron ante el TSJC, que les dio la razón estableciendo que no se puede «descartar de manera genérica e indiscriminada la legitimación judicial de los padres como ejercitantes de un interés legítimo propio en que sus hijos permanezcan con vida, y por ello, en el resultado de un procedimiento orientado a facilitar su ayuda para morir».</p>
<p>El TSJC subrayó que «reconocer la legitimación de esos padres no supone, como consecuencia necesaria, que la decisión jurisdiccional vaya a ser estimatoria de esa impugnación, sino únicamente reconocerles la posibilidad de promover que se controle jurisdiccionalmente si la administración ha decidido conforme a Derecho en la resolución dictada».</p>
<p>De hecho, el TSJ catalán puso de relieve que «había mayor riesgo en la situación opuesta, que da lugar a la imposibilidad de revisión de las decisiones administrativas adoptadas, lo que tiene irreversibles consecuencias».</p>
<p>En este sentido, tuvo en cuenta que los motivos esgrimidos por el padre «no se refirieran al acierto o no de la decisión de su hijo, sino al procedimiento administrativo reglado; en particular, a la correcta comprobación por la administración de la capacidad, entendimiento y voluntad libre y consciente de su hijo para decidir sobre la eutanasia».</p>
<p>Además, el TSJC «distinguió, por una parte, entre la legitimación para interponer un recurso contencioso-administrativo, reconocida a quien tiene un interés legítimo; y la legitimación prevista específicamente para intervenir en el procedimiento administrativo regulado en la LORE».</p>
<p>Y explicó que «ambas no tenían que ser coincidentes», por lo que el hecho de no haber participado en la vía administrativa no impide poder considerarle legitimado en la vía judicial.</p>
<p>LA FISCALÍA: TIENE QUE HABER UN «INTENSO VÍNCULO AFECTIVO»</p>
<p>La Fiscalía del Supremo ha respaldado que los parientes más directos de una persona puedan recurrir una eutanasia siempre que exista, además, un «intenso vínculo afectivo».</p>
<p>En una nota de prensa del pasado abril, indicó que, según su informe, la legitimación de terceras personas para intervenir en el procedimiento judicial debe ser interpretada con carácter restrictivo, es decir, en favor exclusivamente de «los parientes ubicados en el más estricto ámbito familiar respecto de la persona solicitante».</p>
<p>Pero precisó que no basta la mera relación biológica o familiar, que «resulta insuficiente por sí misma», ya que es necesario que exista un «intenso vínculo afectivo presente al tiempo de ejercitar la acción».</p>
<p>La Fiscalía negó tal legitimación «si existe un conflicto de intereses» y señaló que las asociaciones o grupos que «desarrollen su actividad en la sociedad civil en el ámbito de la disponibilidad para la interrupción de la propia vida carecen de legitimación para impugnar resoluciones administrativas tanto de concesión como de denegación porque esas decisiones no afectan ni perturban el libre ejercicio de su actividad y el cumplimiento de sus objetivos, por lo que carecen de interés directo».</p>
<p>«Esas decisiones no afectan ni perturban el libre ejercicio de su actividad y el cumplimiento de sus objetivos, por lo que carecen de interés directo», recalcó.</p>
</div>
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	</item>
		<item>
		<title>El ICAM lanza una campaña para reclamar una pasarela al RETA que no deje a ningún mutualista atrás</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 12 May 2026 11:30:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>MADRID, 12 (EUROPA PRESS) El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha lanzado la campaña &#8216;De abogado a diputado. Por una pasarela al RETA justa&#8217; para reclamar una solución «urgente, completa y garantista» que asegure una transición «justa, real y sin exclusiones» para los mutualistas, ante la votación parlamentaria prevista el próximo 20 [&#8230;]</p>
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<p>MADRID, 12 (EUROPA PRESS)</p>
<p>El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha lanzado la campaña &#8216;De abogado a diputado. Por una pasarela al RETA justa&#8217; para reclamar una solución «urgente, completa y garantista» que asegure una transición «justa, real y sin exclusiones» para los mutualistas, ante la votación parlamentaria prevista el próximo 20 de mayo.</p>
<p>La iniciativa, que el ICAM ha detallado en un comunicado, busca movilizar a la abogacía y trasladar a los grupos parlamentarios la situación de miles de profesionales que, tras décadas de ejercicio, afrontan pensiones «insuficientes» o «incompatibles con unas condiciones mínimas de subsistencia».</p>
<p>A través de una plataforma web, los mutualistas pueden firmar y remitir una carta a los diputados del Congreso en la que reclamen una solución «urgente, completa y garantista» y adviertan de que la reforma solo será efectiva si garantiza una pasarela «justa, real y para todos los mutualistas afectados». «El éxito de esta ley se medirá por su capacidad de no dejar a nadie atrás», recoge el texto.</p>
<p>La campaña incluye testimonios de abogados y abogadas mutualistas con largas trayectorias profesionales, muchos de ellos vinculados al Turno de Oficio, que denuncian pensiones que en algunos casos apenas alcanzan entre 200 y 400 euros mensuales tras toda una vida de ejercicio.</p>
<p>El decano del ICAM, Eugenio Ribón, ha asegurado que la institución ha estado «desde el primer momento» al lado de los mutualistas, impulsando propuestas y poniendo sus recursos al servicio de una solución «justa, viable y urgente». Asimismo, ha subrayado que detrás de esta reivindicación hay profesionales que han dedicado su vida a «defender derechos» y que ahora necesitan ser escuchados.</p>
<p>Según ha señalado el ICAM, la campaña se acompaña de dos spots audiovisuales basados en testimonios reales, así como de materiales informativos que se distribuirán en espacios colegiales para implicar al conjunto de la profesión en este proceso.</p>
<p>La Junta de Gobierno ha advertido de que la tramitación parlamentaria entra en una fase «decisiva» y ha insistido en que la oportunidad solo será válida si la respuesta final es «justa, suficiente y no deja a ningún compañero o compañera atrás».</p>
<p>Por otro lado, el ICAM ha informado de que facilitará de forma excepcional el uso de togas a los colegiados que participen en la concentración convocada el 23 de mayo en Madrid por asociaciones de abogados mutualistas. El préstamo podrá realizarse desde el 22 de mayo en distintas sedes judiciales y las prendas deberán devolverse antes del 25 de mayo.</p>
</div>
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	</item>
		<item>
		<title>El Supremo retrasa al 22 de mayo la vista sobre medidas cautelares contra la regularización extraordinaria de migrantes</title>
		<link>https://www.otrosi.net/el-supremo-retrasa-al-22-de-mayo-la-vista-sobre-medidas-cautelares-contra-la-regularizacion-extraordinaria-de-migrantes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 12 May 2026 11:29:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Hazte Oír, Vox y Madrid reclaman que se paralice la iniciativa y el Gobierno avisa de que la suspensión afectaría "el interés general"</p>
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<p>MADRID, 12 (EUROPA PRESS)</p>
<p>El Tribunal Supremo ha pospuesto al próximo 22 de mayo la vista convocada para escuchar peticiones de paralizar de forma cautelar el real decreto para la regularización extraordinaria de migrantes aprobado por el Gobierno mientras se resuelve el fondo del asunto.</p>
<p>Según una providencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo aplaza la convocatoria, prevista inicialmente para este miércoles, por necesidades del servicio.</p>
<p>Las partes convocadas a esta vista que piden la suspensión cautelar de la iniciativa del Gobierno son Hazte Oír, Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica, Libertad y Justicia, Vox y la Comunidad de Madrid.</p>
<p>Por parte del Ejecutivo está previsto que la Abogacía del Estado acuda a defender que no se suspenda la regularización, porque supondría una «afectación directa a los derechos de las personas extranjeras interesadas y, por ende, al interés general», según indicó en un escrito de alegaciones al que tuvo acceso Europa Press.</p>
<p>Hazte Oír solicitó al alto tribunal que suspendiese cautelarmente el real decreto porque considera que excede los límites legales y «altera de forma estructural la política migratoria del Estado, con efectos directos y duraderos».</p>
<p>En líneas similares, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica vio «riesgo cierto de perjuicio irreparable» con la iniciativa del Ejecutivo de Pedro Sánchez, la «tramitación de un volumen extraordinario de solicitudes», la «generación de situaciones jurídicas individualizadas» o la «concesión de autorizaciones de residencia y trabajo».</p>
<p>Vox denunció, en palabras de su dirigente Ignacio Garriga, que «lo que se va a producir es la legalización e institucionalización de la invasión migratoria» y «un mensaje muy claro al mundo, que es que venir pegando una patada a la puerta tiene premio en España».</p>
<p>Y el Gobierno regional de Isabel Díaz Ayuso justificó su recurso porque consideran que afecta «gravemente a la prestación de los servicios públicos madrileños sin articular mecanismos financiación y de provisión de medios», además de «contravenir» la normativa de la Unión Europea y «afectar» a la seguridad.</p>
<p>El Ejecutivo central de Pedro Sánchez aprobó en abril el real decreto del que se beneficiarán 250.000 solicitantes de asilo y 250.000 personas que se encuentran en situación irregular, según aseguraron fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.</p>
<p>Ya ese mismo mes, el Supremo requirió al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que le remitiera el «expediente administrativo» del real decreto para la regularización.</p>
</div>
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	</item>
		<item>
		<title>El Defensor del Pueblo pide más medios para superar «los problemas» iniciales de la ley de eficiencia judicial</title>
		<link>https://www.otrosi.net/el-defensor-del-pueblo-pide-mas-medios-para-superar-los-problemas-iniciales-de-la-ley-de-eficiencia-judicial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Mar 2026 15:11:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia "supone un cambio profundo en la organización judicial"</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<div>
<p>MADRID, 24 (EUROPA PRESS) El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha asegurado que «no es posible, a corto plazo, evitar los problemas que necesariamente se derivan» de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia que entró en vigor el año pasado y que busca mejorar la gestión de recursos para aliviar la carga de juzgados y tribunales, por lo que ha pedido más medios al tratarse de una «reforma tan profunda ejecutada en un plazo de tiempo relativamente corto, con las consiguientes dilaciones».</p>
<p>La entrada en vigor de la ley «supone un cambio profundo en la organización judicial», señala Gabilondo en el informe anual del Defensor del Pueblo de 2025, recalcando que en el momento que se realizó el informe aún no había «transcurrido un tiempo suficiente que permitiera evaluar la reforma operada para la racionalización y eficiencia perseguida» con la ley.</p>
<p>El Defensor del Pueblo indica que la norma «motivó muchas de las quejas recibidas» debido a «la falta de cobertura de las necesidades de personal detectadas en distintas partes del territorio, en especial en las jurisdicciones civil, social y de violencia contra la mujer».</p>
<p>Por ello, Gabilondo señala la necesidad de «un incremento de la plantilla de jueces, fiscales y personal al servicio de la Administración de Justicia en toda España».</p>
<p>De no producirse este aumento, «la carga de trabajo de los magistrados seguirá siendo la misma», avisa.</p>
<p>«La entrada en funcionamiento de los tribunales de instancia de manera generalizada tampoco parece que a corto plazo pueda resolver los largos períodos de espera para la celebración del juicio», objeta, ya que, según Gabilondo, «la creación del tribunal de instancia no supone ninguna alteración del reparto ya asignado a los hasta entonces juzgados».</p>
<p>LOS RETRASOS, EL «PRINCIPAL PROBLEMA»</p>
<p>«El problema principal del Servicio Público de Justicia» y «el más repetido a lo largo de los años, es el de los retrasos», expone Gabilondo, que achaca estos a «causas estructurales, a la insuficiencia de medios personales o materiales de los juzgados», así como a la «falta de cobertura de las vacantes» en la oficina judicial y a «la sobrecarga de trabajo en los órganos judiciales, producida por el incremento sostenido en el tiempo de la litigiosidad».</p>
<p>El informe pone en relieve los retrasos «en materias donde el factor tiempo es esencial, como son los derechos de visita o guarda y custodia de los hijos o los procesos de tutela de las personas mayores o con discapacidad», y el Defensor del Pueblo solicita que «se doten correctamente dichas secciones».</p>
<p>Además, «la falta estructural de medios del resto de la Administración de Justicia» y «el incremento de pleitos» también influye en los retrasos de la actividad pericial, subraya.</p>
<p>FALTA DE ESTABILIDAD</p>
<p>Asimismo, el Defensor del Pueblo lamenta que se sigan produciendo «situaciones perjudiciales para el ciudadano cuando el juez que ha presidido la vista o el magistrado ponente en el caso de los órganos colegiados caen enfermos y su baja prolongada deja pendiente el dictado de la correspondiente sentencia».</p>
<p>En la misma línea, señala que ante la «imposibilidad de acudir el juez o el llamado a sustituirlo» al juicio, este se suspende y «genera que las citaciones se pospongan», por lo que reclamó que se agende la vista suspendida «en la mayor brevedad posible».</p>
<p>Por otro lado, Gabilondo asevera que «el personal de los juzgados centrales de instrucción no tiene la suficiente estabilidad», y recuerda que la Audiencia Nacional «se encarga de investigar delitos de relevancia y alta complejidad, como terrorismo, narcotráfico a gran escala o delitos económicos que causen grave perjuicio a la economía nacional», por lo que «requiere un personal altamente especializado y estable».</p>
<p>El informe también pone de relevancia que el Defensor del Pueblo ha recibido «un número relevante de quejas» en relación a la actuación de los abogados de oficio, por lo que ha insistido en «la necesidad de dotar de medios adecuados al turno de oficio» y exige que se ofrezca «un servicio de calidad».</p>
</div>
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	</item>
		<item>
		<title>El CGPJ crea un grupo de jueces de apoyo para impulsar la transformación digital de la justicia</title>
		<link>https://www.otrosi.net/el-cgpj-crea-un-grupo-de-jueces-de-apoyo-para-impulsar-la-transformacion-digital-de-la-justicia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Mar 2026 15:07:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El objetivo del grupo es identificar las carencias tecnológicas y las necesidades de la carrera judicial para mejorar "la eficiencia" y "la eficacia" del ejercicio jurisdicciona</p>
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<div>
<p>MADRID, 25 (EUROPA PRESS)</p>
<p>El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este miércoles conformar un grupo de jueces de apoyo para «conocer las necesidades de la carrera judicial ante la transformación digital de la justicia».</p>
<p>Este grupo trabajará en la actualización de la instrucción relativa a la obligación del uso de medios informáticos por jueces y magistrados, tras la propuesta de la Comisión de Innovación Tecnológica y Transformación Digital, según ha informado el CGPJ en un comunicado.</p>
<p>El objetivo del grupo es identificar las carencias tecnológicas y las necesidades de la carrera judicial para mejorar «la eficiencia» y «la eficacia» del ejercicio jurisdiccional, explica el órgano de gobierno de los jueces.</p>
<p>El CGPJ ha asegurado que la «transformación digital experimentada por la Administración de justicia en los últimos años» requiere la actualización de la normativa en relación al uso de los medios informáticos de los jueces y magistrados.</p>
<p>El órgano ha destacado «la digitalización del expediente judicial electrónico, el trabajo remoto, las herramientas colaborativas, la generalización de la firma digital y la irrupción de la Inteligencia Artificial».</p>
<p>Los integrantes del grupo, provinientes de diferentes jurisdicciones y que operan con distintos sistemas de gestión procesal, «colaborarán en la identificación de los principales problemas y carencias que experimentan en su día a día, así como las necesidades que permitan mejorar la eficacia y la eficiencia en el ejercicio de su actividad jurisdiccional», ha explicado el CGPJ.</p>
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	</item>
		<item>
		<title>Casos TEDH sobre España que el CdE consideró ejecutados en 2025: CGPJ, insultos al Rey o malos tratos policiales</title>
		<link>https://www.otrosi.net/casos-tedh-sobre-espana-que-el-cde-considero-ejecutados-en-2025-cgpj-insultos-al-rey-o-malos-tratos-policiales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Mar 2026 15:05:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Comité de Ministros del Consejo de Europa (CdE) resolvió la supervisión de la ejecución de diez casos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre España en 2025</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<div>
<p>MADRID, 25 (EUROPA PRESS)</p>
<p>El Comité de Ministros del Consejo de Europa (CdE) resolvió la supervisión de la ejecución de diez casos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre España en 2025, entre los que se encuentran uno por la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la reapertura de oficio de juicios por malos tratos bajo custodia policial o dos relacionados con la libertad de expresión: uno por enaltecimiento del terrorismo y otro por injurias a la Corona.</p>
<p>Así se desprende del último informe sobre la ejecución de sentencias del TEDH del Comité de Ministros, que expone que recibió tres casos de España en el pasado año &#8211;siete menos que en 2024&#8211;, lo que eleva los asuntos tratados en el tribunal de Estrasburgo hasta los 160 desde que España ratificó el Convenio Europeo de Derechos Humanos en 1979.</p>
<p>De todos esos casos, el Comité de Ministros ha cerrado la supervisión de la ejecución de 137, al considerarlos plenamente ejecutados, según el informe.</p>
<p>El Comité de Ministros expone que en 2025 solo examinó un «caso de referencia» bajo el procedimiento reforzado, esto es, que tiene una naturaleza prioritaria, relativo a 30 ciudadanos saharauis que llegaron a España entre 2011 y 2012 y pidieron protección internacional, alegando que su deportación a Marruecos podría poner su vida en peligro.</p>
<p>Desde Estrasburgo consideraron que España «debe asegurar la estancia de los aplicantes» en el país hasta que se haya resuelto «su solicitud de protección internacional», según la sentencia.</p>
<p>Además de este, el texto abunda en que se ha podido cerrar un caso relativo al rechazo del Tribunal Constitucional (TC) de un recurso de amparo interpuesto contra el retraso en la renovación del CGPJ.</p>
<p>Tras la sentencia del TEDH, el TC «reexaminó los recursos de amparo de los demandantes» y se adoptaron medidas de «sensibilización y formación».</p>
<p>Asimismo, el Comité de Ministros informa de que ha conseguido que se reabran «de oficio» un «grupo de casos» relacionado con investigaciones «ineficaces de malos tratos» bajo custodia policial.</p>
<p>Por último, Estrasburgo destaca un caso cuya ejecución aún está por resolverse que consistió en la transfusión de sangre a una testigo de Jehová «contra su voluntad».</p>
<p>Desde el Consejo de Europa precisan que cuando el TEDH dicta sus sentencias, las transmite al Comité de Ministros &#8211;donde están representados los 46 Estados miembros&#8211; para que supervisen que los mismos cumplen las sentencias en la práctica y adoptan medidas para prevenir violaciones de los derechos humanos en casos similares.</p>
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	</item>
		<item>
		<title>CGPJ plantea una reforma en la formación de jueces para «acelerar la incorporación» de las 375 plazas anunciadas</title>
		<link>https://www.otrosi.net/cgpj-plantea-una-reforma-en-la-formacion-de-jueces-para-acelerar-la-incorporacion-de-las-375-plazas-anunciadas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Mar 2026 12:10:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Apuesta por un programa intensivo teórico-práctico de mínimo nueves meses y al menos cuatro de prácticas tuteladas</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<div>
<p>MADRID, 12 (EUROPA PRESS)</p>
<p>El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves una propuesta de reforma de la formación inicial de la carrera judicial que tiene el objetivo de «acelerar la incorporación de los 375 jueces que saldrán de la convocatoria extraordinaria de oposiciones» anunciada por el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños.</p>
<p>Así lo ha comunicado el órgano de gobierno de los jueces en una nota de prensa, en la que explica que, de aprobarse, la reforma implantará un «programa formativo intensivo» y suprime las fases de sustitución y refuerzo.</p>
<p>De este modo, el CGPJ propone que el programa formativo tenga una duración mínima de nueve meses de carácter teórico-práctico y otra fase de prácticas tuteladas de al menos cuatro meses.</p>
<p>Estas dos fases, puntualiza, podrían realizarse de manera «simultánea y coordinada» en función de las «circunstancias» y siempre que el Consejo lo estime oportuno.</p>
<p>VIOLENCIA DE GÉNERO Y DERECHOS DE LA INFANCIA</p>
<p>La formación teórica, explica, incluirá «necesariamente el estudio en profundidad del principio de igualdad y no discriminación entre mujeres y hombres, la legislación especial para la lucha contra la violencia sobre la mujer en todas sus formas y la legislación nacional e internacional sobre derechos de la infancia y la adolescencia, con especial atención a la Convención sobre los Derechos del Niño y sus observaciones generales».</p>
<p>Y durante la fase de prácticas tuteladas, las funciones de los aspirantes «no podrán exceder de la redacción de borradores o proyectos de resolución y de la dirección de vistas o actuaciones bajo la supervisión» del juez titular.</p>
<p>Así, la propuesta «implica la supresión de la actual fase de sustitución y refuerzo», que el CGPJ considera que «carece de autonomía formativa real».</p>
<p>Según el Consejo, esta fase &#8211;que también duraba cuatro meses&#8211; «reproduce funciones jurisdiccionales plenas que corresponden propiamente al ejercicio ordinario tras el nombramiento, y cuya eliminación no afecta a la capacitación técnica del juez, pero sí permite reducir significativamente los plazos de incorporación efectiva».</p>
<p>UNA PROPUESTA QUE PERMITA REDUCIR PLAZOS</p>
<p>El CGPJ recuerda que el sistema de formación actual, que incluye la fase de sustitución y refuerzo, «fue concebido para escenarios de estabilidad organizativa, con una duración prolongada y una secuenciación rígida de fases formativas».</p>
<p>Un escenario que, en la actualidad, «impediría la incorporación ágil de los nuevos efectivos a la carrera judicial, cuyo ingreso se retrasaría más de un año, produciendo un desfase entre la creación orgánica de plazas y su ocupación real», comprometiendo &#8211;indica&#8211; la «eficacia» de la Ley de eficiencia de la Justicia «que implementa el modelo organizativo basado en los Tribunales de Instancia».</p>
<p>El CGPJ informa de que el texto de la reforma ha sido elaborado por la Comisión de Escuela Judicial, tras el acuerdo del Pleno extraordinario del pasado 18 de febrero, que encomendó a dicha comisión «la preparación de una propuesta que, sin merma de los estándares formativos, permitiera acortar los plazos de incorporación de los nuevos jueces».</p>
<p>El texto será remitido al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, así como a las presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, precisa la nota.</p>
</div>
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	</item>
		<item>
		<title>La Fiscalía analiza la petición del Gobierno de investigar a redes sociales por difusión de pornografía infantil</title>
		<link>https://www.otrosi.net/la-fiscalia-analiza-la-peticion-del-gobierno-de-investigar-a-redes-sociales-por-difusion-de-pornografia-infantil/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Feb 2026 12:07:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Teresa Peramato tiene que oír a la Junta de Fiscales, resolver sobre la solicitud y comunicar su postura al Gobierno de forma razonada.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<div>
<p>MADRID, 24 (EUROPA PRESS)</p>
<p>La Fiscalía aborda este martes la petición del Gobierno para que investigue si las redes sociales X, Meta y TikTok podrían estar cometiendo delitos por la creación y difusión de pornografía infantil mediante sus herramientas de Inteligencia Artificial.</p>
<p>Así lo han confirmado a Europa Press fuentes de la Fiscalía General del Estado, que ha reunido a la Junta de Fiscales para analizar la comunicación del Gobierno para promover acciones en defensa del interés público y los derechos de los menores en el entorno digital.</p>
<p>El Gobierno puede solicitar a la fiscal general del Estado, según establece el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que «promueva ante los tribunales las actuaciones pertinentes en orden a la defensa del interés público».</p>
<p>La fiscal general, Teresa Peramato, tiene que oír a la Junta de Fiscales, resolver sobre la solicitud y comunicar su postura al Gobierno de forma razonada.</p>
<p>CONTRA «LA IMPUNIDAD DE LOS GIGANTES»</p>
<p>El jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, avanzó la semana pasada que invocaría esa posibilidad porque «la impunidad de los gigantes debe acabar».</p>
<p>«Estas plataformas están atentando contra la salud mental, la dignidad y los derechos de nuestros hijos e hijas», argumentó en X el jefe del Ejecutivo, para quien «el Estado no lo puede permitir».</p>
<p>Al hilo, la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, subrayó que la decisión supone dar «un paso más para garantizar los derechos de la infancia en redes sociales».</p>
<p>«En enero, solicitamos a Fiscalía que investigase si X había cometido delitos de pornografía infantil, hoy activamos en Consejo de Ministros el artículo 8 del Estatuto del Ministerio Fiscal para investigar a las grandes plataformas», escribió Rego en redes sociales.</p>
</div>
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	</item>
		<item>
		<title>El Supremo ve delito en negarse a estar en una mesa electoral en pandemia con la «excusa» de poder contagiarse</title>
		<link>https://www.otrosi.net/el-supremo-ve-delito-en-negarse-a-estar-en-una-mesa-electoral-en-pandemia-con-la-excusa-de-poder-contagiarse/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Feb 2026 12:02:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunales jurídicos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Recalca que "no era una situación que afectase al condenado individualmente sino a la sociedad en general"</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<div>
<p>MADRID, 24 (EUROPA PRESS)</p>
<p>El Tribunal Supremo ha condenado a 1.050 euros de multa a un hombre como responsable del delito de denegación de auxilio electoral por negarse a formar parte de una mesa electoral en las elecciones autonómicas de Cataluña del 14 de febrero de 2021, en plena pandemia del coronavirus, alegando que podría contagiarse.</p>
<p>Según una sentencia recogida por Europa Press, el Supremo ha estimado un recurso de la Fiscalía contra la absolución acordada por la Audiencia Provincial de Barcelona, que había corregido la sentencia condenatoria de un juzgado de lo Penal.</p>
<p>El juzgado que le condenó a esa multa en primera instancia rechazó aplicarle eximente o atenuante al considerar probado que el día de las elecciones fue designado como vocal segundo en una mesa electoral en la capital catalana y se negó a ejercer.</p>
<p>Los magistrados del Supremo señalan que, pese a ser advertido de que si no cumplía su cometido sin causa justificada podría incurrir en delito, el hombre compareció a las 8.00 horas en el colegio electoral pero se opuso «a formar parte aduciendo el riesgo existente para él y su familia por el virus covid-19».</p>
<p>Y añaden que ya le había sido «rechazada esa misma excusa por la Junta Electoral» y que fue «debidamente informado de su obligación y de las consecuencias de su incumplimiento por los agentes de Mossos d&#8217;Esquadra allí presentes». Ante su negativa, explican, «la constitución de la mesa se demoró más de una hora» y tuvo que ser sustituido por un suplente.</p>
<p>El hombre recurrió esa condena y la Audiencia de Barcelona le dio la razón, absolviéndole al entender que concurría la eximente completa de estado de necesidad.</p>
<p>Alegó que existía el riesgo de contagiarse y poder transmitir el virus a personas vulnerables que con él convivían, en concreto su madre, de 64 años de edad, aunque admitió &#8211;subraya el TS&#8211; que acudía a trabajar todos los días y que iba al supermercado con regularidad.</p>
<p>Pero la Fiscalía recurrió la absolución al considerar que la Audiencia Provincial apreció la eximente de responsabilidad criminal «sin fundamentación fáctica ni jurídica alguna, sin referencias jurisprudenciales y con una motivación que carece totalmente de rigor jurídico».</p>
<p>UNA PERSONA DE 64 AÑOS NO ES DE AVANZADA EDAD</p>
<p>Atendiendo el recurso del Ministerio Público, el Supremo levanta la absolución y lo condena porque «se dan todos los requisitos para la aparición del delito de denegación de auxilio electoral», ya que «presentó excusa que le fue denegada, ya que no documentó ni justificó las razones que le llevaron a formularla».</p>
<p>La Sala de lo Penal subraya que «nada se indica que permita apreciar la circunstancia eximente de estado de necesidad». «El acusado valora como un mal propio el riesgo de contagio. Pero esa es una valoración individual. La sociedad no lo considera como un mal que se deba evitar sacrificando otros bienes jurídicos, no consideraba como un mal la celebración de las elecciones», abunda, para agregar que las instituciones mantuvieron la cita con las urnas.</p>
<p>E indica que «la existencia de contagio del virus ya había sido valorada», «no era una situación que afectase al condenado individualmente sino a la sociedad en general» y «el riesgo había sido minimizado por las medidas adoptadas por la Generalitat».</p>
<p>Además, los magistrados inciden en que el hombre no alegó ni indicó que las personas que convivían con él fueran dependientes de sus cuidados, «lo cual es difícil si se acude a trabajar diariamente con normalidad».</p>
<p>«De modo que el posible riesgo de contagio podría haberse eliminado por otros medios, manteniendo la separación en la casa durante unos días, hasta comprobar con los test que se vendían en las farmacias que no se estaba contagiado o mantener la separación durante el contagio, como tuvieron que hacer muchos ciudadanos que resultaron afectados por la pandemia», precisa.</p>
<p>El Supremo considera que el hombre «faltó a los deberes cívicos para los que fue llamado, y si bien utilizó en principio la vía establecida para realizar sus alegaciones, y presentó excusa, la misma no le fue admitida y recurrió a las vías de hecho para evitar aquello que no quería hacer, que era concurrir a las elecciones desempeñando el cargo de vocal de la mesa electoral para el que había sido designado».</p>
<p>Por último, el magistrado ponente de la sentencia, Juan Ramón Berdugo, rechaza que alguien con la edad de la madre del recurrente pueda ser calificada como muy mayor: «Considerar en la actualidad a una persona de 64 años, persona de avanzada edad, no se compadece con una realidad descriptiva de las personas que nos hallamos en esa franja de edad».</p>
</div>
<p>La entrada <a href="https://www.otrosi.net/el-supremo-ve-delito-en-negarse-a-estar-en-una-mesa-electoral-en-pandemia-con-la-excusa-de-poder-contagiarse/">El Supremo ve delito en negarse a estar en una mesa electoral en pandemia con la «excusa» de poder contagiarse</a> se publicó primero en <a href="https://www.otrosi.net">Otrosí</a>.</p>
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	</item>
	</channel>
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