Estima la Sala el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto, y revoca la sentencia que anuló la modificación de condiciones de trabajo realizada por la empresa ahora recurrente, como consecuencia del cambio de campaña, y la condenó a mantener al trabajador demandante el horario de 16 a 24 horas, de lunes a domingo, con las correspondientes libranzas.